Decreto 2941 de 2010, por el cual se establecen los mecanismos para la elección de los delegados del Consejo Nacional de Secretarias de Agricultura - Consa y de las Organizaciones de Mujeres Campesinas ante el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural- INCODER". - 5 de Agosto de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 359498682

Decreto 2941 de 2010, por el cual se establecen los mecanismos para la elección de los delegados del Consejo Nacional de Secretarias de Agricultura - Consa y de las Organizaciones de Mujeres Campesinas ante el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural- INCODER".

Número de Boletín46340

"EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA DE COLOMBIA

en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, en el artículo 20 de la Ley 731 de 2002, 54 de la Ley 489 y

CONSIDERANDO

Que el Decreto 3759 de 2009, aprobó la modificación de la estructura del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural - INCODER, de sus órganos directivos y composición, teniendo en cuenta sus funciones y objetivos en el Sector Rural-,

Que el artículo 60 del Decreto 3759 establece que el Consejo Directivo del INCODER estará integrado por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o su delegado,

Quien lo presidirá, el Director General del Departamento Nacional de Planeación, o su delegado, el Ministro de Comercio, Industria y Turismo, o su delegado, el Ministro del Interior y de Justicia, o su delegado, el Ministro de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, o su delegado, el Presidente del Banco Agrario, o su delegado, el Presidente del Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario FINAGRO, o su delegado, un delegado de los gremios del sector agropecuario, un delegado de las organizaciones campesinas, un delegado del Consejo Nacional de Secretarías de Agricultura, Cansa, un delegado de las Comunidades Indígenas, un delegado de las Comunidades Negras y un delegado de las Organizaciones de Mujeres Campesinas.

Que el parágrafo 10 del artículo 6 del Decreto 3759 determina que el Gobierno Nacional establecerá los mecanismos para la elección de los representantes de las organizaciones de Mujeres Campesinas y del Consejo Nacional de Secretarias de Agricultura ante el Consejo Directivo del INCODER.

Que en mérito de lo expuesto,

DECRETA

Artículo 1 Elección de los delegados

Los delegados del Consejo Nacional de Secretarias de Agricultura - CONSA y de las organizaciones de mujeres campesinas ante el Consejo Directivo del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, INCODER, serán elegidos mediante el siguiente mecanismo:

  1. Los representantes del Consejo Nacional de Secretarias de Agricultura - CONSA y de las organizaciones de mujeres campesinas, serán elegidos en reuniones convocadas por el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural o por el Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural, mediante citación efectuada con ocho (8) días de antelación a los diferentes representantes del CONSA y de...

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