Decreto 493 de 2005, por el cual se suspende al Gobernador del departamento del Chocó y se hace un encargo. - 28 de Febrero de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43219547

Decreto 493 de 2005, por el cual se suspende al Gobernador del departamento del Chocó y se hace un encargo.

EmisorMinisterio del Interior y de Justicia
Número de Boletín45836

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 304 de la Constitución Política de Colombia, y

CONSIDERANDO:

Que en el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Quibdó se tramitó un incidente de desacato del Fallo de Tutela número 047 y Complementaria del 18 y 20 de agosto de 2004, proferido dentro de la acción adelantada por los señores Jorge Murillo y otros en contra del departamento del Chocó, en el cual mediante Providencia número 660 del veinte (20) de diciembre de dos mil cuatro (2004), se resolvió sancionar al Gobernador del departamento del Chocó, doctor Julio Ibarguen Mosquera, con cinco (5) días de arresto y multa equivalente a cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales vigentes;

Que el Tribunal Superior del Distrito Judicial de Quibdó, Sala Unica de Decisión, por vía de consulta, mediante providencia del 19 de enero de 2005, confirmó el auto interlocutorio proferido por el Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Quibdó ratificando la sanción de cinco (5) días de arresto y multa de cuatro (4) salarios mínimos legales mensuales;

Que mediante Oficio número 0088 del 28 de enero de 2005, la titular del Juzgado Primero Promiscuo de Familia de Quibdó solicita al señor Presidente de la República que se suspenda al Gobernador del departamento del Chocó del 7 al 11 de marzo de 2005, con el fin de hacer efectiva la sanción de arresto;

Que de conformidad con el artículo 304 de la Constitución Política de Colombia, corresponde al Presidente de la República, en los casos señalados por la ley, suspender o destituir a los gobernadores;

Que por el término de la suspensión en el ejercicio del cargo del Gobernador titular del departamento del Chocó, se hace necesario encargar a una persona de las funciones del Despacho;

Que la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en pronunciamiento del 28 de julio de 1994, radicación 624, conceptuó que los actos mediante los cuales...

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