Decreto número 1034 de 2013, por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones - 21 de Mayo de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 437490198

Decreto número 1034 de 2013, por el cual se dictan unas disposiciones en materia salarial y prestacional para los empleos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar y se dictan otras disposiciones

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín48797

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º

Las normas contenidas en el presente decreto se aplicarán a los servidores públicos de la Rama Judicial y de la Justicia Penal Militar que no optaron por el régimen especial establecido en los Decretos número 57 y 110 de 1993, 106 de 1994, 43 de 1995, dictados en desarrollo del parágrafo del artículo 14 de la Ley 4a de 1992 y que en el año 2012 se venían regulando por lo dispuesto en el Decreto número 848 de 2012.

Artículo 2º

A partir del 1º de enero de 2013, los Magistrados del Consejo Superior de la Judicatura, de la Corte Constitucional, de la Corte Suprema de Justicia y del Consejo de Estado tendrán derecho a una remuneración mensual de cinco millones sesenta y ocho mil cuatrocientos cincuenta y cuatro pesos ($5.068.454) moneda corriente, distribuidos así: por concepto de asignación básica mensual un millón ochocientos veinticuatro mil seiscientos cuarenta y cuatro pesos ($1.824.644) moneda corriente, y por concepto de gastos de representación mensual tres millones doscientos cuarenta y tres mil ochocientos diez pesos ($3.243.810) moneda corriente.

Igualmente tendrán derecho a una prima técnica de tres millones cuarenta y un mil setenta y dos pesos ($3.041.072) moneda corriente.

Adicionalmente, tendrán derecho a percibir la prima especial de servicios a que se refiere el artículo 15 de la Ley 4a de 1992, que es aquella que sumada a los demás ingresos laborales iguale a los percibidos en...

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