Decreto número 00300 de 2015, por el cual se designa Alcalde Mayor de Bogotá Ad Hoc, en forma exclusiva, frente al ejercicio de las funciones de control urbanístico derivadas de la Licencia de Construcción número LC-14-2-0663
Emisor | Ministerio del Interior |
Número de Boletín | 49431 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por los artículos 115 y 189 de la Constitución Política y 66 de la Ley 4 de 1913, y
CONSIDERANDO:
Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, postulados que son reiterados por el artículo 3º del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo.
Que el artículo 40 de la Ley 734 de 2002, dispone que "Todo servidor público deberá declararse impedido para actuar en un asunto cuando tenga interés particular y directo en su regulación, gestión, control o decisión, o lo tuviere su cónyuge, compañero o compañera permanente, o algunos de sus parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil, o su socio o socios de hecho o de derecho. Cuando el interés general, propio de la función pública, entre en conflicto con un interés particular y directo del servidor público deberá declararse impedido".
Que mediante el oficio número 2-2014-46496 del 13 de noviembre de 2014, el doctor Gustavo Francisco Petro Urrego, en su calidad de Alcalde Mayor del Distrito Capital de Bogotá, conforme con lo establecido en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2012, solicitó al señor Procurador General de la Nación la aceptación del impedimento planteado y que una vez aceptado, solicitara al señor Presidente de la República la designación de un Alcalde Mayor de Bogotá Ad Hoc, para que, en forma exclusiva, actúe como jefe de Gobierno y de la administración distrital frente al ejercicio de las funciones de control urbanístico derivadas de la Licencia de Construcción número LC-14-2-0663, en la modalidad de obra nueva, para desarrollar el proyecto constructivo "Reserva Fontanar Apartamentos", promovido por la firma constructora Praga Servicios Inmobiliarios S.A / Inversiones G&R S.A.S. Fi-decomitentes del Fidecomiso VIS Reserva de Fontanar, ante una eventual infracción a las restricciones normativas sobre Zonas de Manejo y Preservación Ambiental del Humedal La Conejera, dado que el constructor responsable del proyecto, Juan Carlos Alcocer García, es hermano de su esposa.
Que mediante Auto de fecha 28 de noviembre...
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