Decreto número 063 de 2017, por el cual se delegan unas funciones constitucionales - 16 de Enero de 2017 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 658718101

Decreto número 063 de 2017, por el cual se delegan unas funciones constitucionales

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín50118

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 196 de la Constitución Política, y

CONSIDERANDO:

Que el Presidente de la República se trasladará el día 17 y hasta el 19 de enero de 2017 a la ciudad de Davos - Suiza, para participar en la Reunión anual del Foro Económico Mundial.

Que de conformidad con las disposiciones constitucionales y con la precedencia establecida en la ley, el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural está habilitado para ejercer las funciones constitucionales y legales como Ministro Delegatario,

DECRETA:

Artículo 1º Por el tiempo que dure la ausencia del Presidente de la República, en razón del viaje a que se refieren los considerandos del presente Decreto, deléganse en el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, doctor Aurelio Iragorri Valencia, las funciones legales y las correspondientes a las siguientes atribuciones constitucionales:
  1. Artículo 129.

  2. Artículo 189, con excepción de lo previsto en los numerales 1 y 2.

  3. Artículo 150 numeral 10, en cuanto se refiere al ejercicio de las facultades extraordinarias concedidas al Presidente de la República.

  4. Artículos 163, 165 y 166.

  5. Artículos 200 y 201.

  6. Artículos 213, 214 y 215.

  7. Artículos 303, 304, 314 y 323.

Artículo 2º El presente Decreto rige a partir de la fecha de su expedición

Publíquese y cúmplase.

Dado en Bogotá, D. C., a 16 de enero de 2017.

JUAN MANUEL SANTOS CALDERÓN

FE DE ERRATAS

Ministerio de Hacienda y Crédito Público

En el Diario Oficial 50.095, del jueves 22 de diciembre de 2016, se publicó el Decreto 2105 de 22 de diciembre de 2016, por el cual se modifica el Decreto 1625 de 2016, Decreto Único Reglamentario en Materia Tributaria, para sustituir unos artículos de la Sección 2 del Capítulo 13, Título 1, Parte 6 del Libro 1, y establecer los plazos para declarar y pagar en el año 2017.

Debido a un error en esta publicación se registró una fecha incorrecta en la página 634 (24 de febrero de 28 de 2017). Por lo tanto, se subsana este error, publicando el parágrafo...

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