Decreto número 1019 de 2015, por el cual se dictan las disposiciones para implementar el 'Acuerdo sobre Limpieza y Descontaminación del territorio de la presencia de Minas Antipersonal (MAP), Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) y Municiones sin Explotar (MUSE) o Restos Explosivos de Guerra (REG) en general', suscrito el 7 de marzo de 2015por el Gobierno nacional - 19 de Mayo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 570581742

Decreto número 1019 de 2015, por el cual se dictan las disposiciones para implementar el 'Acuerdo sobre Limpieza y Descontaminación del territorio de la presencia de Minas Antipersonal (MAP), Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) y Municiones sin Explotar (MUSE) o Restos Explosivos de Guerra (REG) en general', suscrito el 7 de marzo de 2015por el Gobierno nacional

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49516

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial, las que le confiere la Ley 418 de 1997 modificada y prorrogada por la Ley 1738 de 2014, la Ley 554 de 2000, la Ley 759 de 2002, y el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política de Colombia, y

CONSIDERANDO:

Que el desminado humanitario es una prioridad del Estado colombiano, a fin de garantizar el goce efectivo de los derechos y libertades fundamentales de las comunidades afectadas por el conflicto armado en Colombia;

Que en virtud de la Ley 554 de 2000, vigente desde el 1º de marzo de 2001, el Estado colombiano es Parte de la Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción. Esto implica la obligación primaria e indelegable del Gobierno nacional de realizar, directamente y de forma efectiva, el Desminado Humanitario; empero, para ello, contará con el apoyo de organizaciones civiles especializadas en dicha tarea, con base en el artículo 9º de la Ley 1421 de 2010 prorrogado por la Ley 1738 de 2014;

Que los artículos y de dicha Convención ordenan al Estado colombiano adoptar las medidas necesarias, tan pronto como sea posible, para que todas las minas antipersonal en zonas bajo su jurisdicción o control, tengan el perímetro marcado, estén vigiladas y protegidas por cercas u otros medios, con el fin de asegurar la eficaz exclusión de civiles, esto, hasta que las minas antipersonal en dichas zonas hayan sido destruidas;

Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 93 de la Constitución Política, la "Convención sobre la Prohibición del Empleo, Almacenamiento, Producción y Transferencia de Minas Antipersonal y sobre su Destrucción" hace parte del ordenamiento jurídico interno y tiene rango constitucional;

Que la Ley 759 de 2002 creó la Comisión Intersectorial Nacional para la Acción contra Minas Antipersonal (Cinamap), como autoridad nacional en los temas relativos a las minas antipersonal y las municiones sin explotar, la cual, por mandato de la Ley 1421 de 2010, prorrogada por la Ley 1738 de 2014 tiene la facultad de avalar las organizaciones civiles que sean certificadas para realizar actividades de desminado humanitario en el territorio nacional;

Que el artículo 9º de la Ley 1421 de 2010 prorrogado por la Ley 1738 de 2014 dispuso que "el Gobierno nacional, a través del Ministerio de Defensa Nacional, adoptará las medidas necesarias sobre la base de estándares internacionales y los principios humanitarios para reglamentar las actividades de desminado humanitario para que pueda ser realizado por organizaciones civiles";

Que mediante Decreto número 1649 de 2014 se le otorgó a la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal las funciones relacionadas con la formulación y ejecución de los planes, programas y proyectos relacionados con la Acción Integral contra Minas Antipersonal;

Que la Ley 759 de 2002 dispuso en su artículo 18 que el Ministerio de Defensa Nacional deberá designar el "personal militar especializado en técnicas de desminado humanitario para adelantar labores de detección, señalización, georreferenciación de áreas de peligro, limpieza y eliminación de las minas antipersonal";

Que mediante Disposición número 0029 del 06 de agosto de 2009, del Comando del Ejército Nacional se creó y activó unas unidades tácticas", en la Brigada Especial de Ingenieros Militares, entre las cuales se encuentra el Batallón de Desminado "BIDES". La mencionada Disposición fue aprobada mediante Disposición número 035 del 27, de agosto de 2009 expedida por el Comando General de las Fuerzas Militares y aprobada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto número 1512 de 2000 por parte del Ministerio de Defensa Nacional a través de Resolución número 3725 del 2 de septiembre de 2009;

Que mediante Disposición número 0018 de fecha 6 de agosto de 2012 el Comando del Ejército Nacional crea y activa el Centro Nacional contra Artefactos Explosivos Improvisados y Minas en el Ejército Nacional Cenam la cual fue aprobada mediante Disposición número 032 del 24 de agosto de 2012 del Comando General de las Fuerzas Militares y aprobada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto número 1512 de 2000 por parte del Ministerio de Defensa Nacional a través de Resolución número 6988 del 11 de octubre de 2012;

Que mediante Disposición número 016 del 14 de junio de 2012, del Comando General de las Fuerzas Militares se creó la Inspección de Desminado en la Inspección General de las Fuerzas Militares, aprobada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 29 del Decreto número 1512 de 2000 por parte del Ministerio de Defensa Nacional a través de Resolución número 4661 del 16 de julio de 2012;

Que en virtud de las facultades otorgadas por la Ley 418 de 1997, el Gobierno nacional está facultado para "(...) Adelantar diálogos, negociaciones y firmar acuerdos con los voceros o miembros representantes de los grupos armados organizados al margen de la ley, dirigidos a: obtener soluciones al conflicto armado, lograr la efectiva aplicación del derecho internacional humanitario, el respeto de los derechos humanos, el cese de hostilidades o su disminución, la reincorporación a la vida civil de estos grupos, o lograr su sometimiento a la ley, y enmarcados en la voluntad de crear condiciones que propendan por un orden político, social y económico justo (...)";

Que en virtud de las facultades otorgadas por la Ley 418 de 1997, el Gobierno nacional suscribió el 7 de marzo de 2015 un "Acuerdo sobre Limpieza y Descontaminación del Territorio de la presencia de Minas Antipersonal (MAP), Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) y Municiones sin Explotar (MUSE) o Restos Explosivos de Guerra (REG) en general";

Que con el fin de implementar el acuerdo suscrito el 7 de marzo de 2015 se expide el presente decreto,

DECRETA:

Artículo 1º Objeto.

Por medio del presente decreto se establecen las condiciones para implementar el "Acuerdo sobre Limpieza y Descontaminación del territorio de la presencia de Minas Antipersonal (MAP), Artefactos Explosivos Improvisados (AEI) y Municiones sin Explotar (MUSE) o Restos Explosivos de Guerra (REG) en general", suscrito el 7 de marzo de 2015 por el Gobierno nacional.

Artículo 2º Ejecución del Proyecto Piloto.

El Proyecto Piloto de limpieza y descontaminación por MAP, AEI, MUSE o REG se llevará a cabo por el Gobierno nacional con el apoyo, liderazgo y coordinación de la Ayuda Popular Noruega (APN), que deberá realizar el proceso de acreditación de conformidad con las disposiciones contenidas en el presente decreto.

Así mismo, corresponderá al Gobierno nacional de acuerdo a sus competencias y conforme y a la evaluación que se realice en el marco del acuerdo determinar la vigencia del Proyecto Piloto.

CAPÍTULO I Artículos 3 a 13

De los requisitos para la acreditación de la ayuda popular Noruega (APN) para el Proyecto Piloto

Artículo 3º Proceso de acreditación.

El proceso de acreditación para el Proyecto Piloto está conformado por tres fases: I. Documental, II. De aval y la III. De evaluación operacional.

Artículo 4º Fase documental.

La Fase Documental consiste en la evaluación de documentación relevante y apropiada suministrada por la Ayuda Popular Noruega (APN), con el fin de que la Dirección para la Acción Integral contra Minas Antipersonal...

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