Decreto número 1029 de 2015, por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, a la Policía Nacional - 22 de Mayo de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 571010654

Decreto número 1029 de 2015, por el cual se fijan las escalas de asignación básica de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, a la Policía Nacional

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Administrativo de la Función Pública
Número de Boletín49519

El Presidente de la República de Colombia, en desarrollo de las normas generales señaladas en la Ley 4a de 1992,

DECRETA:

Artículo 1º Campo de aplicación.

El presente decreto fija las escalas de remuneración de los empleos públicos de los empleados civiles no uniformados del Ministerio de Defensa Nacional, incorporados del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, a la Policía Nacional.

Artículo 2º Asignaciones básicas.

A partir del 1º de enero de 2015, la asignación básica mensual para los servidores públicos del Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, incorporados a la Policía Nacional, quedará así:

GRADO SALARIAL PROFESIONAL TÉCNICO ASISTENCIAL
1 $ 2.243.155 $ 1.406.441 $ 1.143.408
2 $ 2.471.542 $ 1.505.900 $ 1.263.280
3 $ 2.535.740 $ 1.563.939 $ 1.406.441
4 $ 2.638.206 $ 1.767.796 $ 1.505.900
5 $ 2.770.982 $ 1.835.926 $ 1.621.852
6 $ 2.982.319 $ 1.940.380 -
7 $ 3.132.415 $ 2.009.599 -
8 - $ 2.135.046 -
9 - $ 2.193.472 -
10 - $ 2.277.836 -
11 - $ 2.465.671 -
12 - $ 2.765.631 -

Parágrafo 1º. Para las escalas de los niveles de que trata el presente artículo, la primera columna fija los grados salariales correspondientes a las diferentes denominaciones de empleos, la segunda y siguientes columnas comprenden las asignaciones básicas mensuales para cada grado y nivel y corresponden a empleos de carácter permanente y de tiempo completo.

Parágrafo 2º. En el valor de las asignaciones básicas mensuales señaladas en el presente artículo está incorporada la prima de riesgo correspondiente al cargo del cual el empleado era titular en el Departamento Administrativo de Seguridad (DAS) Suprimido, en los términos del artículo 3º del...

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