Decreto número 182 de 2016, por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto 2365 de 2015 - 5 de Febrero de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 593286118

Decreto número 182 de 2016, por el cual se modifica el artículo 3º del Decreto 2365 de 2015

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín49777

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural de la República de Colombia delegatario de funciones presidenciales mediante Decreto 166 de 1º de febrero de 2016, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 15 del artículo 189 de la Constitución Política, el artículo 52 de la Ley 489 de 1998 y de conformidad con el Decreto-ley 254 de 2000, modificado por la Ley 1105 de 2006, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto-ley 2363 de 2015, se creó la Agencia Nacional de Tierras con el objeto de ejecutar la política de ordenamiento social de la propiedad rural formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para lo cual debe gestionar el acceso a la tierra como factor productivo, lograr la seguridad jurídica sobre esta, promover su uso en cumplimiento de la función social de la propiedad y administrar y disponer de los predios rurales de propiedad de la nación.

Que mediante el Decreto ley 2364 de 2015, se creó la Agencia de Desarrollo Rural con el objeto de ejecutar la política de desarrollo agropecuario y rural con enfoque territorial formulada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, a través de la estructuración, cofinanciación y ejecución de planes y proyectos integrales de desarrollo agropecuario y rural nacionales y de iniciativa territorial o asociativa, así como fortalecer la gestión del desarrollo agropecuario y rural y contribuir a mejorar las condiciones de vida de los pobladores rurales y la competitividad del país.

Que en el artículo 3º del Decreto 2365 de 2015 se estableció un plazo de 2 meses para que las citadas Agencias entraran en funcionamiento.

Que se encuentran en trámite los estudios técnicos y presupuestales que soportan la puesta en funcionamiento de la Agencia Nacional de Tierras y la Agencia de Desarrollo Rural, por lo cual se hace necesario ampliar el plazo señalado en el inciso segundo del artículo del Decreto 2365 de 2015.

DECRETA:

Artículo 1º Amplíese el plazo de que trata el inciso 2º del artículo del Decreto 2365 de 2015 en un (1) mes contado a partir del 7 de febrero de...

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