Decreto número 1924 de 2016, por el cual se adiciona el Decreto número 1082 de 2015 en lo que hace referencia al Fondo Empresarial - 28 de Noviembre de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 654585509

Decreto número 1924 de 2016, por el cual se adiciona el Decreto número 1082 de 2015 en lo que hace referencia al Fondo Empresarial

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín50071

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las conferidas por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución

Política y el artículo 9º de la Ley 781 de 2002,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 365 de la Constitución Política establece que los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del Estado, debiendo asegurar su prestación eficiente a todos los habitantes del territorio nacional.

Que por su parte el artículo 370 Superior le otorga competencia al Presidente de la República, para ejercer, por medio de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, el control, la inspección y vigilancia de las entidades que presten tales servicios.

Que en desarrollo del anterior fundamento constitucional, el artículo 132 de la Ley 812 de 2003 autorizó a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios para constituir un fondo empresarial, como patrimonio autónomo administrado por la FEN o por la entidad

que haga sus veces, o por una entidad fiduciaria, con el objeto de garantizar la viabilidad y continuidad en la prestación del servicio.

Que el artículo 247 de la Ley 1450 de 2011, modificado por el artículo 227 de la Ley 1753 de 2015, dispuso que el Fondo Empresarial creado por la Ley 812 de 2003 seguiría funcionando a través de un patrimonio autónomo, cuyo ordenador del gasto es el Superintendente de Servicios Públicos Domiciliarios, pudiendo financiar a las empresas en toma de posesión para satisfacer obligaciones laborales y apoyar en la salvaguarda de la prestación del servicio.

Que de conformidad con el artículo 247 de la Ley 1450 de 2011, modificado por el artículo 227 de la Ley 1753 de 2015, a este Fondo ingresarán los recursos de los excedentes de la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios, de la Comisión de Regulación de Agua Potable y Saneamiento Básico (CRA), de la Comisión de Regulación de Energía y Gas (CREG), y el producto de las multas que imponga esta Superintendencia.

Que el Fondo Empresarial también puede contratar y/o apoyar el pago de actividades profesionales requeridas por la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y por las empresas objeto de posesión, así como los estudios para determinar la procedencia de la medida de toma de posesión y las medidas preventivas de acuerdo con lo establecido en la Ley 142...

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