Decreto número 1955 de 2015, por el cual se designa Alcalde ad hoc para el municipio de Puerto Parra, Santander - 5 de Octubre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 584426190

Decreto número 1955 de 2015, por el cual se designa Alcalde ad hoc para el municipio de Puerto Parra, Santander

EmisorMinisterio del Interior
Número de Boletín49656

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus atribuciones constitucionales, legales y reglamentarias, en particular las conferidas por el artículo 189 de la Constitución Política, en su condición de suprema autoridad administrativa y el artículo 66 de la Ley 4a de 1913, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución número 140 del 10 de junio de 2015, la Alcaldesa Municipal de Puerto Parra, Santander, doctora Mildreth Zamora Guerra, se declaró impedida para resolver el recurso de apelación interpuesto por los querellados Pedro Pablo Monsalve Mena, Efraín Rodríguez Soto, Cluched Guevara Quiroga, Ricardo Antonio Galeano, Lucio Martínez López, Robinson Mosquera y otros, dentro del trámite del proceso policivo por Perturbación a la Posesión sobre bien público con Radicado número 005 de 2014, contra la decisión proferida por la Inspección Policía Municipal mediante Resolución número 007 de 2015, por tener interés en la actuación administrativa como representante legal de la parte querellante dentro del proceso.

Que mediante Oficio número 6957 de fecha 16 de septiembre de 2015, radicada en el Ministerio del Interior el 18 del mismo mes y año bajo el EXTMI15-0045867, la doctora Luz Stella Rincón Durán, Secretaria de la Procuraduría Regional de Santander, solicitó que

MINISTERIO DEL INTERIOR Imprenta Nacional de Colombia Dioselina Parra de Rincón

Gerente General

Carrera 66 Nº 24-09 (Av. Esperanza-Av. 68) Bogotá, D. C. Colombia Conmutador: PBX 4578000. e-mail: correspondencia@imprenta.gov.co

Ministerio del Interior designe a un funcionario ad hoc, con ocasión de la orden impartida por esa Procuraduría, a través del Auto del 9 de septiembre de 2015, con radicación IUS-2015-233562, que aceptó el impedimento impetrado por la doctora Mildreth Zamora Guerra, en calidad de Alcaldesa del Municipio de Puerto Parra, Santander, para conocer del recurso de apelación interpuesto por los querellantes contra la Resolución número 007 de 2015, proferida por la Inspección de Policía de ese municipio dentro del Proceso Policivo número 005 de 2014.

Que el artículo 209 de la Constitución Política preceptúa que la función administrativa está al servicio de los intereses generales y se desarrolla con fundamento, entre otros principios, en los de moralidad e imparcialidad, este último garantizado también por el Código de...

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