Decreto número 2221 de 2015, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015 y se efectúa la correspondiente liquidación - 20 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 588174686

Decreto número 2221 de 2015, por el cual se adiciona el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015 y se efectúa la correspondiente liquidación

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49702

El Presidente de la República de Colombia, en uso de las facultades constitucionales y legales, en especial la que le confiere los artículos 33 y 67 del Estatuto Orgánico del Presupuesto, y

CONSIDERANDO:

Que el Congreso de la República de conformidad con el artículo 349 de la Constitución Política expidió la Ley 1737 de 2014, por la cual se decreta el Presupuesto General de la Nación para la vigencia fiscal de 2015, el cual se liquidó mediante el Decreto 2710 de 2014.

Que el artículo 352 de la Constitución Política le otorga a la Ley Orgánica del Presupuesto la facultad de regular lo concerniente a la programación, aprobación, modificación y ejecución del Presupuesto General de la Nación.

Que el Gobierno de la República de Colombia, a través del Ministerio de Minas y Energía recibió del Banco Mundial, la suma de USD319.000 equivalente a $957.600.000 pesos moneda corriente, recursos otorgados según lo establecido en el Convenio número TF019279 firmado entre las partes, con el objetivo de apoyar el desarrollo, la implemen-tación y la institucionalización de EITI (Iniciativa para la Transparencia de las Industrias Extractivas) en el país, y facilitar la aceptación definitiva de Colombia para convertirse en miembro permanente de EITI.

Que de conformidad con el artículo 33 del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación, los recursos de asistencia y cooperación internacional de carácter no reembolsables, hacen parte del Presupuesto de rentas del Presupuesto General de la Nación y se incorporan al mismo como donaciones de capital mediante decreto del Gobierno, previa certificación de su recaudo expedido por el órgano receptor. Su ejecución se realizará de conformidad con lo estipulado en los convenios o acuerdos internacionales que los originen y estarán sometidos a la vigilancia de la Contraloría General de la República.

Que el Departamento Nacional de Planeación, mediante Oficio 20154340007426 del 5 de noviembre de 2015, suscrito por el Director de Inversiones y Finanzas Públicas, emitió...

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