Decreto número 2253 de 2015, por el cual se modifica la estructura de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas - 24 de Noviembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 588422210

Decreto número 2253 de 2015, por el cual se modifica la estructura de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín49706

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en particular las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política, y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que mediante Decreto número 4138 del 3 de noviembre de 2011 se creó la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y se establecieron sus objetivos y estructura.

Que para la debida atención de los servicios y ejecución de los planes y programas institucionales de la Agencia, en el ámbito territorial, es necesario fortalecer la presencia, coordinación y desarrollo de acciones con las autoridades locales y la población objetivo.

Que para el logro de los objetivos planteados para la Agencia en el Conpes 3554 de 2008 y el Plan Nacional de Desarrollo, es necesario ajustar la estructura precisando la distribución de competencias de intervención.

Que es necesario modificar la estructura de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, para visibilizar la acción de la entidad en el ámbito territorial y especializar los procesos de comunicaciones y de gestión administrativa y financiera.

DECRETA:

CAPÍTULO I Modificación de la estructura Artículos 1 a 8
Artículo 1º El artículo 7º del Decreto número 4138 de 2011, quedará así: "Artículo 7º

Estructura. La estructura de la Agencia Colombiana para laReintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas es la siguiente:.

1. Despacho del Director General

1. 1. Oficina Asesora de Planeación

1.2. Oficina Asesora Jurídica

1.3. Oficina de Tecnologías de la Información

1.4. Oficina Asesora de Comunicaciones

2. Dirección Programática de Reintegración

2.1. Subdirección de Seguimiento

2.2. Subdirección de Gestión Legal del Proceso de Reintegración

2.3. Subdirección Territorial

3. Secretaría General

3.1. Subdirección Financiera

3.2. Subdirección Administrativa

4. Órganos de Asesoría y Coordinación

4.1. Comité de Coordinación del Sistema de Control Interno

4.2. Comisión de Personal".

Artículo 2º Modifícase el numeral 8 del artículo del Decreto número 4138 de 2011, el cual quedará así:

"Artículo 8º. Despacho del Director General. El Despacho del Director General cumplirá las siguientes funciones:

(...)

  1. Dirigir la formulación del plan estratégico de comunicaciones de la Entidad".

Artículo 3º Adiciónese al artículo 12 del Decreto número 4138 de 2011, el siguiente numeral:

"Artículo 12. Oficina Asesora Jurídica. La Oficina Asesora Jurídica cumplirá las siguientes funciones:

(.)

  1. Adelantar los procesos de cobro coactivo para hacer efectivas las obligaciones a favor de la entidad".

Artículo 4º OficinaAsesorade Comunicaciones.

La Oficina Asesora de Comunicaciones cumplirá las siguientes funciones:

  1. Asesorar al Director General en la formulación de las políticas y estrategias de divulgación y promoción permanente acerca de los beneficios y servicios de la política de reintegración.

  2. Liderar y coordinar la estrategia de comunicaciones externa, interna e informativa de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, para la divulgación de la información a nivel regional, nacional e internacional.

  3. Formular, ejecutar y evaluar el Plan Estratégico de Comunicaciones interna, externa e informativa de la entidad, en coordinación con las dependencias y los lineamientos fijados por la Dirección General.

  4. Apoyar al Director General y a las demás dependencias de la entidad en el manejo de medios.

  5. Preparar y gestionar la publicación en medios de comunicación, de la información generada por la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas, de acuerdo con las directrices que imparta la Dirección General.

  6. Establecer y coordinar las relaciones con los medios de comunicación, para mantener espacios de divulgación hacia los ciudadanos, acerca del objeto de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas.

  7. Producir y emitir documentos, boletines y reportes periódicos internos y externos sobre las actividades desarrolladas por la entidad.

  8. Apoyar a las dependencias de la entidad en el diseño y desarrollo de estrategias, programas, planes y acciones de comunicación.

  9. Administrar y evaluar los medios de comunicación pública de la Agencia Colombiana para la Reintegración de Personas y Grupos Alzados en Armas y efectuar las recomendaciones a que haya lugar.

  10. Realizar el monitoreo y sistematización de la información que divulguen los medios de comunicación relacionados con la Política Nacional de Reintegración Social y Económica.

  11. Coordinar la implementación y ejecución de procedimientos para garantizar la oportuna y efectiva atención al usuario, derechos de peticiones, quejas, soluciones y sugerencias en cuanto a la prestación del servicio a nivel central y regional.

  12. ...

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