Decreto número 2390 de 2015, por el cual se modifica la Integración del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP) - 11 de Diciembre de 2015 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 589641470

Decreto número 2390 de 2015, por el cual se modifica la Integración del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP)

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49723

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales y, en especial, de las conferidas en el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley 489 de 1998 en su artículo 82 establece que las unidades administrativas especiales son entidades descentralizadas, con autonomía administrativa y patrimonial, las cuales se sujetan al régimen jurídico contenido en la ley que las crea y en lo no previsto por ella, al de los establecimientos públicos.

Que la Unidad tiene como órganos de dirección y administración la Dirección General y el Consejo Directivo, este último creado mediante el Decreto-ley 4168 de 2011.

Que mediante el Decreto 1419 de 2012 se modificó la composición el Consejo Directivo de la Unidad, y se estableció el proceso de selección y evaluación de sus miembros independientes.

Que la Dirección General de la Unidad y su Consejo Directivo deben interactuar en el cumplimiento de sus funciones; sin embargo, el Consejo Directivo actúa como instancia decisoria en algunas materias que son propuestas por la Dirección General, por lo que es necesario efectuar una modificación a su estructura, con el fin de garantizar la independencia de los órganos de dirección y administración de la Unidad de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social.

Que en consecuencia, se hace necesario modificar el artículo 1 º del Decreto 1419 de 2012.

En mérito de lo expuesto,

DECRETA:

Artículo 1º El artículo 1º del Decreto 1419 de 2012, quedará así:

"Artículo 1º. Integración del Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP). El Consejo Directivo de la Unidad Administrativa Especial de Gestión Pensional y Contribuciones Parafiscales de la Protección Social (UGPP), estará integrado por:

  1. El Ministro de Hacienda y Crédito Público o su delegado, quien lo presidirá.

  2. El Ministro del Trabajo o el Viceministro de Empleo y Pensiones como su delegado.

  3. El Director General de Regulación Económica de la Seguridad Social del Ministerio de Hacienda y Crédito Público.

  4. El Director General de la Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales (DIAN).

  5. Tres (3) miembros independientes.

Parágrafo. El Director General de la...

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