Decreto número 2594 de 2014, por el cual se modifica la estructura del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República
Emisor | Presidencia de la República |
Número de Boletín | 49367 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren el numeral 16 del artículo 189 de la Constitución Política y el artículo 54 de la Ley 489 de 1998,
DECRETA:
"(...)
4. Despacho Ministro Consejero para el Gobierno y el Sector Privado.
4.1 Consejería Presidencial para la Primera Infancia.
4.2 Consejería Presidencial del Sistema de Competitividad e Innovación.
4.3. Dirección para la Ejecución de Gobierno y Áreas Estratégicas.
4.4. Dirección para las Políticas Públicas.
4.5. Dirección para las Regiones.
4.6. Dirección para el Sector Privado (...)".
Son funciones de la Dirección para el Sector Privado:
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Asesorar al Ministro Consejero en la formulación de estrategias de gestión y coordinación entre los sectores público y privado.
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Ejercer de enlace y apoyo en las relaciones presidenciales con el sector privado.
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Asesorar en los asuntos económicos que por decisión del Ministro Consejero para el Gobierno y el Sector Privado le sean encomendados.
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Dirigir la elaboración de informes y estudios especiales para la formulación e imple-mentación de las políticas para los sectores de la economía colombiana.
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Diseñar e implementar estrategias para una efectiva comunicación entre el sector privado y el Gobierno Nacional, según las directrices del Presidente de la República o del Ministro Consejero para el Gobierno y el Sector Privado.
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Participar en el desarrollo de estrategias de innovación empresarial con las asociaciones que representan los sectores productivos del país.
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Rendir los informes que le sean solicitados y presentar recomendaciones para la implementación de las políticas en materia del sector privado.
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Coordinar con las demás dependencias del Departamento Administrativo de la Presidencia de la República y con aquellas entidades...
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