Decreto numero 555 de 1998, por el cual se adopta el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias y se dictan otras disposiciones. - 20 de Marzo de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59798769

Decreto numero 555 de 1998, por el cual se adopta el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias y se dictan otras disposiciones.

Número de Boletín43264

por el cual se adopta el Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias y se dictan otras disposiciones.

El Presidente de la República, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Política, la Ley 72 de 1989, los Decretos-ley 1900 y 1901 de 1990 y el Decreto 2122 de 1992,

CONSIDERANDO:

Que el artículo 75 de la Constitución Política de Colombia establece: "El espectro electromagnético es un bien público inenajenable e imprescriptible sujeto a la gestión y control del estado";

Que el artículo 18 del Decreto-ley 1900 de 1990 asigna al Ministerio de Comunicaciones, la función de gestionar, administrar y controlar el espectro electromagnético;

Que el espectro radioeléctrico es el conjunto de ondas electromagnéticas cuya frecuencia se fija convencionalmente por debajo de 3000 GHz y que se propagan por el espacio sin guía artificial;

Que el espectro radioeléctrico hace parte del espectro electromagnético;

Que las facultades de gestión, administración y control del espectro electromagnético, comprenden entre otras, las actividades de planeación y coordinación, la fijación del cuadro de frecuencias, la asignación y verificación de frecuencias, el otorgamiento de permisos para su utilización, la protección y defensa del espectro radioeléctrico, la comprobación técnica de emisiones radioeléctricas, el establecimientos de condiciones técnicas de equipos terminales y redes que utilicen en cualquier forma el espectro radioeléctrico, la detección de irregularidades y perturbaciones y la adopción de medidas tendientes a establecer el correcto y racional uso del espectro radioeléctrico y a reestablecerlo en caso de perturbación o irregularidades;

Que el uso de frecuencias radioeléctricas requiere de permiso previo otorgado por el Ministerio de Comunicaciones y dará lugar al pago de los derechos que correspondan;

Que es necesario contar con un Cuadro Nacional de Atribución de Bandas de Frecuencias, de tal forma que los diversos servicios de telecomunicaciones...

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