Decreto numero 1719 de 1998, por el cual se autoriza a una funcionaria para aceptar una beca. - 19 de Agosto de 1998 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 59802089

Decreto numero 1719 de 1998, por el cual se autoriza a una funcionaria para aceptar una beca.

EmisorMinisterio de Agricultura y Desarrollo Rural
Número de Boletín43369

por el cual se autoriza a una funcionaria para aceptar una beca.

El Presidente de la República de Colombia en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial de las que le confieren los artículos 129 y 189 de la Constitución Política,

CONSIDERANDO:

Que la Agencia Española de Cooperación Internacional, organismo de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, cursó invitación al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para participar en el Curso de Extensión y Desarrollo Rural organizado en colaboración con el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, MAPA y que se realizará en la Escuela Central de Capacitación Agraria de Madrid España, del 7 de septiembre al 6 de noviembre de 1998;

Que la Agencia Española de Cooperación Internacional, mediante concurso de méritos y una vez analizados los requisitos establecidos, seleccionó a Sofia Ortiz Abaunza, Profesional Especializado 3010 grado 19 del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para participar en el Curso de Extensión y Desarrollo Rural;

Que la Agencia Española de Cooperación Internacional, le ha concedido una beca que incluye pasaje aéreo ida y regreso, seguro médico, asignación económica para gastos de alimentación y alojamiento;

Que es importante para el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural participar activamente en el curso para analizar y contrastar las experiencias internacionales sobre extensión, asistencia técnica y capacitación de agricultores en aspectos de organización, estructura de los servicios y programas, estrategias y metodologías utilizadas para su desarrollo;

Que el artículo 129 de la Constitución Política establece que los servidores públicos no podrán aceptar cargos, honores o recompensas de gobiernos extranjeros u organismos internacionales, ni celebrar contratos con ellos, sin previa autorización del Gobierno;

DECRETA:

Artículo 1º

Autorizar a la funcionaria Sofía Ortiz Abaunza, identificada con la cédula de ciudadanía número 24022353 de San José de Pare, quien ejerce el cargo de Profesional Especializado código 3010 grado 19 de la Planta Global del Ministerio, desempeñándose en la Dirección General Agrícola y Forestal del Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, para aceptar una beca de la Agencia Española de Cooperación Internacional, organismo de la Secretaría de Estado para la Cooperación Internacional y para Iberoamérica del Ministerio de Asuntos Exteriores de España, que incluye pasaje aéreo ida y regreso, seguro médico, asignación económica para gastos de alimentación y alojamiento; para participar en el Curso de Extensión y Desarrollo Rural, que se realizará en la Escuela Central de Capacitación Agraria de Madrid España, del 7 de septiembre al 6 de noviembre de 1998.

Artículo 2º El presente decreto rige a partir de la fecha de su publicación.

Publíquese y cúmplase.

Dado en Santa Fe de Bogotá, D. C., a 19 de agosto de 1998.

ANDRES PASTRANA ARANGO

El Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural,

Carlos Roberto Murgas Guerrero.

* * *

ACTAS

ACTA DE ENTREGA

En la ciudad de Santa Fe de Bogotá, D. C., a los tres (3) días del mes de agosto de mil novecientos noventa y ocho, se reunieron: Antonio Eduardo Gómez Merlano, Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, y Jorge Torres Lozano, quien fuera Liquidador del Instituto de Mercadeo Agropecuario, Idema, con el fin de recibir, a nombre de la Nación, el primero, y hacer entrega, el segundo, de los activos, pasivos, derechos, obligaciones y archivos que estaban en cabeza del Instituto de Mercadeo Agropecuario, Idema, en Liquidación el 30 de diciembre de 1997, fecha en la cual concluyó el proceso de liquidación del citado Instituto, como consta en el Acta de Liquidación aprobada por la Junta Liquidadora en dicha fecha.

  1. Traspaso de bienes raíces

    Consideraciones previas:

    Primera. El Gobierno Nacional mediante Decreto 1675 de 27 de junio de 1997, ordenó la supresión y liquidación del Idema, Empresa Industrial y Comercial del Estado, vinculada al Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

    Segunda. Este mismo Decreto, en el último inciso de su artículo sexto, dispone: "Una vez concluida la liquidación de la Entidad, los bienes no enajenados, derechos, obligaciones y archivos pasarán a la Nación-Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

    Tercera. El Decreto 2082 de 25 de agosto de 1997, "por el cual se establece la reglamentación para la liquidación del Instituto de Mercadeo Agropecuario Idema", en su artículo 14 dispone:

    "Traspaso de bienes. Según lo dispuesto en el artículo 6º del Decreto 1675 de 1997 los bienes no enajenados, así como los derechos, obligaciones y archivos se traspasarán a la Nación-Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.

    Dicho traspaso se efectuará mediante acta suscrita por el Liquidador y el Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, en la que se especifiquen en forma legal los bienes correspondientes. Copia auténtica del acta deberá ser publicada en el Diario Oficial e inscrita, en el caso de inmuebles, en la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del lugar de ubicación de cada inmueble."

    Cuarta. En cumplimiento de este mandato legal, se procede a efectuar la entrega y cesión a la Nación-Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural del derecho de dominio y la posesión plenos e inscritos sobre los predios, con las respectivas instalaciones y construcciones de los inmuebles que se describen a continuación:

    Departamento: Amazonas Ciudad: Leticia

    Dirección: Calle 9 número 10-68

    Matrícula Inmobiliaria: 400-000028

    Descripción y cabida: Predio de cabida aproximada de 1.516.65 M2, situado dentro del perímetro urbano del municipio de Leticia, conformado por dos predios de: a) 440 M2 y b) 1.076.65 M2. Area construida: 1.384 M2. Construcciones compuestas por edificación de dos plantas, de 697 M2, con paredes en ladrillo pañetadas y pintadas con vinilo, entrepiso en plancha y cubierta en Eternit, pisos en baldosín de cemento y vinilo. Contiene 7 locales comerciales en el primer piso y oficinas en el segundo piso. Bodega de 710 M2, con pisos en cemento, paredes perimetrales en ladrillo paleteado y pintado, cubierta en Eternit sobre estructura metálica. Acceso cubierto de 80 M2. Cuenta con todos los servicios públicos instalados como acueducto, alcantarillado, energía y teléfono.

    Linderos: Predio A:

    Norte: Con mejoras de Horacio Arango Bernal en 20 mts.

    Oriente: Con propiedad que fue de la Compañía Nacional de Navegación, hoy de propiedad del Idema, (Predio B), en 22 mts.

    Sur: Con calle Caldas en 20 mts.

    Occidente: En 22 mts. con la Avenida Libertador.

    Predio B: Sur: Con la Avenida Caldas, (Calle Novena), en 19.66 metros.

    Oriente: En 55.25 metros linda con lote de terreno de la Compañía Nacional de Navegación S. A.

    Norte: Con propiedad del departamento de Amazonas, en 19.32 mts.

    Occidente: En 55.10 metros lindando en este costado con el Predio A y con predios de Rodolfo Erazo y Nieves Diago.

    Tradición: Horacio Arango Bernal vende a INA, posteriormente Idema, un lote de 440 M2, mediante Escritura Pública número 74 de la Notaría de Leticia, otorgada el 5 de octubre de 1963 y Navenal vende a INA, posteriormente Idema, otro lote adyacente al anterior de 1.076.65 M2, mediante Escritura Pública número 1.745 de la Notaría 5 de Bogotá, otorgada el 24 de abril de 1967. Según el certificado Serie A734028, los dos inmuebles se identifican con la Matrícula 400-000028, como resultado de la unificación de las Matrículas 400-000029 y 400-000030.

    * * *

    Departamento: Antioquia Municipio: Chigorodó

    Dirección: Kilómetro 15, Carretera Chigorodó-Carepa

    Matrícula Inmobiliaria: 007-0008226

    Descripción y cabida: Lote de terreno ubicado en el municipio de Chigorodó, vereda Vijagual, con una extensión de 77.925 M2. Predio segregado de otro de mayor extensión. Construcciones: vivienda, oficinas, baños, caseta para recibo de arroz, 381 M2; caseta planta eléctrica, 44 M2; bodega, molino de arroz, 989 M2; enramada y garaje 217 M2.

    Linderos:

    Sur: Con predios de propiedad de Gaseosas Urabá.

    Norte y Oriente: Con predios de propiedad de BEC de Colombia S. A.

    Occidente: Con la carretera que conduce de Chigorodó a Apartadó.

    Tradición: Idema lo adquirió por compra a Agroindustrias de Urabá S. A., Agrourabá, por medio de la Escritura Pública número 1427 del 15 de marzo de 1991, otorgada en la Notaría Primera de Bogotá, inscrita en la Oficina de Registro del Círculo Registral de Dabeiba, el 24 de mayo de 1991, bajo la Matrícula Inmobiliaria número 007-0008226.

    * * *

    Departamento: Arauca Municipio: Arauquita

    Dirección: Vereda Panamá.

    Matrícula Inmobiliaria: 410-0021229

    Descripción y cabida: Predio de 20.000 M2. Construcciones y mejoras: Obras civiles, caseta portería, batería de baños, caseta dial, báscula camionera, tanque de agua, instalaciones eléctricas, cerramiento, caseta planta eléctrica y motobombas. Bodega de 1.170 M2, caseta de 1.241 M2.

    Linderos:

    Norte: En 100 metros con Carlos Linares.

    Sur: En 100 metros con Caserío de Panamá.

    Oriente: En 200 metros con Genaro Taján.

    Occidente: En 200 metros con Carlos Linares.

    Tradición: Adquirido por el Instituto de Mercadeo Agropecuario, Idema, por compra a Carlos Virgilio Linares y Ausdelina Orduz Rincón, mediante Escritura Pública número 1248 de septiembre 5 de 1991 de la Notaría Unica de Arauca, inscrita en la Oficina de Instrumentos Públicos, Círculo de Registro Arauca, en septiembre 5 de 1991. Declaración de construcciones en agosto 6 de 1992 en la Notaría 44 del Círculo de Bogotá.

    Declararon: William Angel Mendieta y Alejandro Angel Mendieta.

    Declaración Extraproceso en marzo 3 de 1992 en la Notaría 6a. del Círculo de Bogotá.

    Declararon: Alberto Granados Arias y Marco Vinicio Charria.

    * * *

    Departamento: Arauca Ciudad: Tame

    Dirección: Calle 11 número 14 - 19

    Matrícula Inmobiliaria: 410-0007034

    Descripción y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR