Decreto número 705 de 2016, por el cual se establecen disposiciones sobre el proceso de regulación de precios de medicamentos a nivel nacional - 27 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 637478773

Decreto número 705 de 2016, por el cual se establecen disposiciones sobre el proceso de regulación de precios de medicamentos a nivel nacional

EmisorMinisterio de Salud y Protección Social
Número de Boletín49857

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las atribuciones constitucionales y legales conferidas por los artículos 189 y 211 de la Constitución Política, y en desarrollo del artículo 72 de la Ley 1753 de 2015, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 245 de la Ley 100 de 1993 creó la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos (en adelante la Comisión), compuesta por los actuales Ministros de Salud y Protección Social, de Comercio, Industria y Turismo y un delegado del Presidente de la República, asignándole la competencia para la formulación de la política de regulación de precios de medicamentos.

Que, así mismo, el artículo 87 de la Ley 1438 de 2011 dispuso que en adelante la Comisión se denominaría Comisión Nacional de Precios de Medicamentos y Dispositivos Médicos y tendría a su cargo la formulación y la regulación de la política de precios de medicamentos y dispositivos médicos.

Que mediante Decreto 1071 de 2012, se reglamentó el funcionamiento de la Comisión, estableciendo en su artículo 60 que contaría con una secretaría técnica permanente, ejercida por el Director de Regulación del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo.

Que el parágrafo del artículo 23 de la Ley 1751 de 2015 estableció que la regulación y metodología de precios de medicamentos está a cargo del Gobierno Nacional, quien podrá regular además el margen de distribución y comercialización de dichos productos.

Que esa misma normativa determinó que la aplicación de dicha metodología está a cargo también del Gobierno Nacional, "por intermedio del Ministerio de Salud y Protección Social", el cual es miembro activo y permanente de la Comisión.

Que el artículo 72 de la Ley 1753 de 2015 estableció que "Corresponderá a la Comisión Nacional de Precios de Medicamentos o Dispositivos, cuando así lo delegue el Gobierno Nacional, la definición de la metodología y los mecanismos de regulación de precios de medicamentos, así como la regulación de los márgenes de distribución y comercialización de los mismos".

Que la Ley 1753 de 2015 hizo referencia a medicamentos, por lo tanto la Comisión guarda competencia para formular la política de precios de dispositivos médicos, así como para regular los precios de dichos productos, en virtud del artículo 87 de la Ley 1438 de 2011.

Que atendiendo la naturaleza especializada de la Comisión y en desarrollo de los...

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