Resolución número 00024 de 2013, por la cual se delega una función en la Dirección de Desarrollo Aeroportuario de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil - 10 de Enero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414882770

Resolución número 00024 de 2013, por la cual se delega una función en la Dirección de Desarrollo Aeroportuario de la Unidad Administrativa Especial de la Aeronáutica Civil

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Aeronáutica Civil
Número de Boletín48669

El Director General (E.), en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere la Ley 105 de 1993, Ley 489 de 1998 y en especial el artículo 9º del Decreto 260 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que mediante la Ley 12 del 23 de octubre de 1947, Colombia aprobó su adhesión al Convenio sobre Aviación Civil Internacional suscrito en la ciudad de Chicago el 7 de diciembre de 1994, convenio que representa el instrumento internacional que rige la aviación civil en el mundo en el cual la Unidad Administrativa Especial de Aeronáutica Civil ostenta la representación de la República de Colombia frente los Estados miembros.

Que como función general de la Aeronáutica Civil se tiene entre otras aquella relacionada con la armonización de las disposiciones que promulgue la Organización de Aviación Civil Internacional a través de los Reglamentos Aeronáuticos de Colombia, normativa aplicable de manera general a toda actividad de aeronáutica civil y a toda persona natural o jurídica, nacional o extranjera que las desarrolle.

Que de conformidad con lo señalado en el artículo 37 del convenio señalado los Estados miembros se comprometieron a colaborar con la finalidad de lograr el más alto grado de uniformidad posible en sus regulaciones aeronáuticas, para lo cual la Organización de Aviación Civil Internacional creada mediante dicho convenio ha adoptado normas, métodos y recomendaciones contenidos en anexos técnicos y otros documentos que han de seguir los Estados partes.

Que el anexo 14 del Convenio comprende una serie de normas, métodos y recomendaciones relativas a aeródromos con diversas especificaciones destinadas a incrementar el nivel de seguridad aérea mediante la prescripción de las características físicas y las superficies limitadoras de obstáculos, ciertas instalaciones y servicios técnicos que normalmente se suministran en un aeródromo, las especificaciones mínimas de un aeródromo para aeronaves con las características de las que están actualmente en servicio, entre otras, correspondiendo a los Estados adoptarlas para estandarizar mundialmente dicha adopción y publicación, facilitando así su uso e...

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