Resolución número 000620 de 2008, por la cual se adjudica el predio baldío denominado Yerbabuena a María Leonilde Tabaco Neusa. - 7 de Mayo de 2010 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 201504639

Resolución número 000620 de 2008, por la cual se adjudica el predio baldío denominado Yerbabuena a María Leonilde Tabaco Neusa.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín47702

El Director Territorial de Cundinamarca del Instituto Colombiano de Desarrollo Rural -Incoder, en ejercicio de las facultades legales y estatuarias, en especial las previstas en el articulo 209 de la Constitucion Politica Nacional, numeral 8 del articulo 21 y articulo 154 de la Ley 1152 de 2007, Decreto 230 de 2008, numeral 8 del articulo y numerales 2 y 6 del articulo 24 del Decreto 4902 de 2007 y la Resolucion de Gerencia General numero 205 de 2008, y CONSIDERANDO:

...

RESUELVE:

Articulo 1° Adjudicar el predio baldio denominado Yerbabuena, ubicado en la vereda Soaga del municipio de Ubate en el departamento de Cundinamarca, con una extension de Cero (0) ha hectareas mas cuatro mil ciento diez metros cuadrados, (0ha 1.110 m2), a la señora Maria Leonilde Tabaco Neusa, identificada con cedula de ciudadania numero 51587183 de Bogota D

C., segun el plano numero 25-0843-00004, que hace parte de la presente resolucion, el cual se encuentra ubicado dentro de las siguientes coordenadas geograficas: Punto de partida: Se tomo como tal el punto 2 situado al noroccidente, en la concurrencia de las colindancias de Juan Nieto y el predio a deslindar. Colinda asi: Norte. Con predios de Juan Nieto, del detalle 2 al detalle 5, en distancia de 59,31 metros. Oriente. Con predios de Juan Nieto, del detallo 5 al detalle 6, en distancia de 25,86 metros. Sur. Con predio de Juan Nieto, del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR