Resolución número 000310 del 2014, por la cual se deroga la Resolución número 000466 de 9 de julio de 2013, se asignan sedes y unidades militares a los despachos judiciales de la Justicia Penal Militar de la Primera Instancia adscritos a la Armada Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones - 19 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 516246414

Resolución número 000310 del 2014, por la cual se deroga la Resolución número 000466 de 9 de julio de 2013, se asignan sedes y unidades militares a los despachos judiciales de la Justicia Penal Militar de la Primera Instancia adscritos a la Armada Nacional de Colombia y se dictan otras disposiciones

EmisorMinisterio de Defensa Nacional
Número de Boletín49187

La Directora Ejecutiva de la Justicia Penal Militar, en uso de las facultades que rigen la función administrativa en especial la conferida por el artículo 209 de la Constitución Política, el numeral 5 del artículo 1º de la Resolución Ministerial número 1295 de 2004, en concordancia con los numerales 2, 11 y 13 del artículo 26 del Decreto número 1512 de 2000, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con lo señalado en los numerales 2, 11 y 13 del artículo 26 del Decreto número 1512 de 2000, corresponde a la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar el tomar o proponer, según su competencia, las decisiones necesarias para que la Justicia Penal Militar se administre oportuna y eficazmente, de conformidad con el Código Penal Militar, las normas vigentes, la delegación que reciba para el efecto y los procedimientos internos del Ministerio.

Que el numeral 5 del artículo 1º de la Resolución Ministerial número 1295 de 2004, delega en el Director Ejecutivo de la Justicia Penal Militar la función de fijar sedes, nomenclaturas y unidades militares a los despachos judiciales de la Justicia Penal Militar.

Que el Código Penal Militar (Ley 522 de 1999) establece en su artículo 260 la competencia de los Fiscales Penales Militares, en el artículo 264 la competencia de los Jueces de Instrucción Penal Militar, y desde el artículo 244 hasta el artículo 249 la competencia de los Juzgados de Primera Instancia para la Armada Nacional.

Que mediante Resolución número 000466 de 2013, se derogaron las Resoluciones número 000707 de 2011 y número 000430 de 2012, asignando nomenclaturas, sedes y unidades militares a los despachos judiciales de la Justicia Penal Militar de la Primera Instancia adscritos a la Armada Nacional de Colombia.

Que con Disposición número 015 de 19 de julio de 2013, se establece que dentro del Comando de Fuerzas Especiales Navales (Cofen) se crean y activan los Grupos de Comandos Navales del Caribe (Grucon-C), del pacífico (Grucon-P) y del Sur (Grucon-S).

Que con la Orden del Día número 029 de la Base de Entrenamiento de Infantería de Marina, para la semana comprendida del 19 al 25 de julio de 2013 en Coveñas, la Compañía de Ingenieros (CIA ING) pasó de pertenecer de la Base de Entrenamiento de Infantería de Marina (Beim) al Batallón de Comando y Apoyo de Infantería de Marina número 6 (Bacaim 6).

Que mediante correo electrónico de 31 de enero de 2014, el Juzgado 108 de Instrucción Penal Militar informó a la Coordinación Justicia Penal Militar de la Armada Nacional que la unidad de Batallón de Infantería de Marina número 15 (BIM15) se trasladó en su totalidad a la jurisdicción de Tumaco, Nariño.

Que el Grupo de Desarrollo y Gestión de la Dirección Ejecutiva de la Justicia Penal Militar verificó la carga laboral del Juzgado 103 de Instrucción Penal Militar con corte a enero de 2014, señalando que el despacho conoce 30 investigaciones, 10 sumarios y 20 preliminares, contra personal de la Policía Nacional de Colombia adscrito al departamento de Bolívar (Debol) y a la Metropolitana de Cartagena (Mecar), unidades asignadas al Juzgado 175 de Instrucción Penal Militar, con sede en Cartagena, Bolívar.

Que de acuerdo con la organización y estructura del Juzgado 103 de Instrucción Penal Militar con sede en Cartagena (Bolívar) las investigaciones penales que actualmente cursan en ese despacho judicial contra personal de la Policía Nacional de Colombia adscrito al departamento de Bolívar (Debol) y a la Metropolitana de Cartagena (Mecar), deberán ser trasladadas al Juzgado 175 de Instrucción Penal Militar; despacho que continuará conociendo las investigaciones penales en el estado en que se encuentren, a partir de la entrada en vigencia del presente acto administrativo.

Que verificada la resolución de asignación de sedes, nomenclaturas y unidades militares de los despachos de la Armada Nacional, los Juzgados 105 y 109 de Instrucción Penal Militar ubicados en la ciudad de Bogotá, tienen asignados por reparto las unidades de la Fuerza Naval del Oriente (Creada mediante Disposición número 019 de 22 de noviembre de 2012), y revisadas sus cargas laborales adelantan 102 investigaciones (72 sumarios y 30 preliminares), de las cuales 50 corresponden a investigaciones por hechos ocurridos en el oriente del país (Inírida, Puerto Carreño y San José del Guaviare).

Que con el fin de garantizar la pronta e ininterrumpida administración de Justicia Penal Militar, con fundamento en la necesidad del servicio y de acuerdo con la organización, estructura y carga laboral de los Juzgados 103 y 104 de Instrucción Penal Militar, ubicados en Cartagena y Malagana (Bolívar), se les debe asignar el conocimiento de las investigaciones que se inicien contra el personal adscrito a las unidades militares de la Armada Nacional de Colombia: CESYP - BN4 - BPNM1 - EGSAM -EGPRO - BIM13 - BAMIM1 - DI-

MAR - HONAC - CP3 - CP4 - CP5 - CP6 - CP7- CP8 - CP12 - CP14 - COTECMAR

- ALFFMMFNC - AFEUR CARTAGENA - FNC - BN1 - FSUCA - FSUBCA - BFEIM1

- GANCA - ENSB - ENAP - CIOH - BFEIM - BIM12 - BFIM16 - AFEUR1 - EVIPE -EGBAL - EGSAM - EGBAQ - EGUC - EGUR - ENTB y aquellas que no se encuentran asignadas a otro juez por competencia residual.

Que deberán ser trasladadas las investigaciones penales que actualmente cursan en el Juzgado 173 de Instrucción Penal Militar correspondientes a personal adscrito a la Armada Nacional de Colombia al Juzgado 104 de Instrucción Penal Militar, de conformidad con lo solicitado por el Jefe de Oficina de la Coordinación de la Justicia Penal Militar de la Armada Nacional (e), así como los Juzgado 103 y 104 de Instrucción Penal Militar deberán realizar un reparto equitativo de las demás investigaciones penales a fin de equilibrar las cargas laborales.

Que de acuerdo con la organización y estructura de los despachos de la Justicia Penal Militar adscritos a la Armada Nacional de Colombia, se hace necesario fijar sedes y unidades militares de conformidad con los cambios estructurales presentados...

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