Resolución número 002105 de 2014, por la cual se adiciona la Resolución número 1650 de 28 de agosto de 2014, que desarrolla el procedimiento administrativo sancionatorio aplicable por la Superintendencia Nacional de Salud - 29 de Septiembre de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 537024498

Resolución número 002105 de 2014, por la cual se adiciona la Resolución número 1650 de 28 de agosto de 2014, que desarrolla el procedimiento administrativo sancionatorio aplicable por la Superintendencia Nacional de Salud

EmisorSuperintendencias - Superintendencia Nacional de Salud
Número de Boletín49289

El Superintendente Nacional de Salud, en ejercicio de las facultades legales conferidas en el artículo 128 de la Ley 1438 de 2011 y en el numeral 20 del artículo del Decreto número 2462 de 2013, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 128 de la Ley 1438 de 2011 contiene el procedimiento sancionatorio aplicable por la Superintendencia Nacional de Salud a sus vigilados para la imposición de multas o la revocatoria de la licencia de funcionamiento.

Que el parágrafo del artículo citado señala que, con sujeción al procedimiento fijado en la ley y teniendo en cuenta en lo que no se oponga, lo previsto en el Código Contencioso Administrativo, la Superintendencia Nacional de Salud, mediante acto administrativo, desarrollará el procedimiento administrativo sancionatorio, respetando los derechos al debido proceso, defensa, contradicción y doble instancia.

Que de conformidad con lo establecido en el numeral 20 del artículo del Decreto número 2462 de 2013, le corresponde al Despacho del Superintendente Nacional de Salud "expedir el procedimiento administrativo sancionatorio, respetando los derechos del debido proceso, defensa, contradicción y doble instancia, con sujeción al artículo 128 de la Ley 1438 de 2011 y a las demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen."

Que mediante Resolución número 1650 de 2014 la Superintendencia Nacional de Salud desarrolló el procedimiento administrativo sancionatorio previsto en el artículo 128 de la Ley 1438 de 2011, aplicable por la Superintendencia Nacional de Salud a sus vigilados.

Que de conformidad con el principio de eficacia previsto en el numeral 11 del artículo de la Ley 1437 de 2011, las autoridades buscarán que los procedimientos logren su finalidad y, para el efecto, removerán de oficio los obstáculos puramente formales, evitarán decisiones inhibitorias, dilaciones o retardos y sanearán, de acuerdo con este Código las irregularidades procedimentales que se presenten, en procura de la efectividad del derecho material objeto de la actuación administrativa.

Que de conformidad con el artículo 95 de la Constitución Política de Colombia numeral 7, es deber de todos colaborar con la administración de justicia.

Que de conformidad con el numeral a) del artículo 39 de la Ley 1122 de 2007, la Superintendencia Nacional de Salud, en ejercicio de sus atribuciones, fijará las políticas de Inspección, Vigilancia y Control del Sistema...

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