Resolución número 0824 de 2013, por la cual se establece el procedimiento para el control de asistencia y descuentos a los funcionarios por días o fracciones no laboradas sin justa causa, se modifica parcialmente la Resolución 196 del 2009 y se deroga la Resolución 147 del 4 de marzo del 2011 - 4 de Octubre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 467164202

Resolución número 0824 de 2013, por la cual se establece el procedimiento para el control de asistencia y descuentos a los funcionarios por días o fracciones no laboradas sin justa causa, se modifica parcialmente la Resolución 196 del 2009 y se deroga la Resolución 147 del 4 de marzo del 2011

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Geográfico Agustín Codazzi
Número de Boletín48933

El Director General del Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", en ejercicio de las funciones conferidas por el artículo 14 del Decreto 2113 de 1992 y el numeral 10 del artículo

6º del Decreto 208 de 2004, y

CONSIDERANDO:

Que de conformidad con el artículo 34 numeral 11 de la Ley 734 de 2002, es deber de todo servidor público dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo excepciones legales.

Que el Decreto 1737 de 2009, "por medio del cual se regulan aspectos del pago de la remuneración de los servidores públicos", en su artículo 1 y 2 menciona: "El pago de la remuneración a los servidores públicos del Estado corresponderá a servicios efectivamente prestados". "... El servidor público que no concurra a laborar, dentro de los dos (2) días hábiles siguientes deberá informar a la dependencia de talento humano o a la que haga sus veces, los motivos que ocasionaron su ausencia. Cuando los motivos no constituyan justa causa de conformidad con las normas legales o no se justifique la inasistencia, el funcionario responsable de ordenar el gasto deberá descontar el día o los días no laborados".

Que el horario laboral fue establecido en el Instituto Geográfico "Agustín Codazzi", mediante Resolución número 766 del 12 de Septiembre del 2013.

Que de conformidad con las normas anteriores, la administración debe abstenerse de pagar los días o fracciones no laboradas sin justa causa, pues de permitirlo se estaría tolerando el incumplimiento del deber establecido en la ley.

Que es necesario establecer el procedimiento administrativo, para dar aplicación a lo establecido en el Decreto 1737 del 2009, el cual se debe realizar con observancia del debido proceso y garantizando los derechos de defensa y contradicción, dentro de la actuación administrativa que se adelante.

Que el Instituto, en la Sede Central y la Territorial Cundinamarca, para el control de asistencia, han instalado un sistema electrónico que opera con la huella dactilar del funcionario, la cual ya ha sido previamente tomada, y a través de los relojes...

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