Acuerdo número 0020 de 2014, por el cual se dictan normas sobre los ajustes, cambio de la entidad pública designada como ejecutora del proyecto o de la entidad designada para adelantar la contratación de la interventoría y liberación de recursos de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías - 13 de Junio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 515360358

Acuerdo número 0020 de 2014, por el cual se dictan normas sobre los ajustes, cambio de la entidad pública designada como ejecutora del proyecto o de la entidad designada para adelantar la contratación de la interventoría y liberación de recursos de los proyectos de inversión financiados con recursos del Sistema General de Regalías

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Comisión Rectora del Sistema General de Regalías
Número de Boletín49181

La Comisión Rectora del Sistema General de Regalías, en ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas por los artículos y de la Ley 1530 de 2012, y

CONSIDERANDO:

Que compete a la Comisión Rectora dictar, mediante acuerdos, las regulaciones de carácter administrativo orientadas a asegurar el adecuado funcionamiento del Sistema General de Regalías;

Que de conformidad con el artículo 19 del Decreto número 1949 de 2012, los proyectos de inversión pueden ser susceptibles de ajustes siempre y cuando dichas modificaciones no cambien su objeto ni alteren sustancialmente las actividades y alcance;

Que esta Comisión expidió el Acuerdo número 0014 de 2013, mediante el cual se establecieron lineamientos sobre los ajustes a los proyectos de inversión viabilizados o aprobados por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión o que se encuentren en ejecución, los cuales requieren ser modificados mediante la expedición del presente Acuerdo, con el propósito de aclarar su procedencia y establecer la competencia y trámite de dichas solicitudes,

ACUERDA:

Artículo 1º Ámbito de aplicación

El presente Acuerdo rige para los proyectos de inversión que hayan sido viabilizados por la instancia competente o priorizados o aprobados por los Órganos Colegiados de Administración y Decisión (OCAD) o que se encuentren en ejecución y que requieran ajustes, así como para aquellos en los cuales se requiera cambio de la entidad pública designada como ejecutora del proyecto o de la instancia designada para adelantar la contratación de la interventoría por el OCAD y para aquellos en los que proceda una liberación de recursos.

CAPÍTULO I Artículos 2 a 7

Ajustes

Artículo 2º Ajustes que deben ser presentados al órgano colegiado de administración y decisión.

Los siguientes ajustes a proyectos de inversión deben ser sometidos a consideración y aprobación por parte del Órgano Colegiado de Administración y Decisión respectivo:

  1. Disminución en la cantidad de beneficiarios superior al 10%.

  2. Reducción en la meta de los productos o de los indicadores de producto registrados para el proyecto en el Banco de Programas y Proyectos del Sistema General de Regalías que hayan sido viabilizados por la instancia competente o aprobados por el Órgano Colegiado de Administración y Decisión.

  3. Modificación en las fuentes de financiación del proyecto de inversión.

  4. Incrementos hasta del 50% en el valor inicial del proyecto de inversión.

  5. Disminución no superior al 50% en el valor inicial del proyecto de inversión.

Parágrafo 1º. Los proyectos de inversión que solo hayan sido viabilizados y requieran ajustes, deben ser viabilizados nuevamente por la instancia competente.

Parágrafo 2º. Ningún ajuste de los que trata el presente artículo requiere solicitud de concepto de oportunidad, conveniencia o solidez técnica, financiera y ambiental a los comités consultivos de que trata el artículo 13 del Decreto número 1949 de 2012 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.

En cualquier caso, se podrá solicitar pronunciamiento del Ministerio o Departamento Administrativo que encabeza el sector del proyecto de inversión, de conformidad con lo dispuesto en el numeral 3 del artículo del Decreto número 1252 de 2013 o consultar los reportes del Sistema de Monitoreo, Seguimiento, Control y Evaluación publicados en la página web del Sistema General de Regalías.

Parágrafo 3º. En ningún caso podrán ejecutarse ajustes que no estén previamente aprobados conforme a lo establecido en el presente Acuerdo y en el Manual Operativo y de Funcionamiento del Banco de Programas y Proyectos de Inversión que expida el Departamento Nacional de Planeación, en virtud de lo establecido en el artículo 19 del Decreto número 1949 de 2012 o la norma que lo modifique, adicione o sustituya.

Artículo 3º Solicitud de ajustes.

La solicitud de ajustes debe ser radicada en la Secretaría Técnica del Órgano Colegiado de Administración y Decisión al que se presentó inicial-mente el proyecto, por el representante legal de la entidad territorial o de la Corporación Autónoma Regional que haya presentado el proyecto, o por el representante legal de la entidad designada como ejecutora o, tratándose de proyectos con enfoque diferencial, por la autoridad de la comunidad minoritaria étnica que lo presentó.

Artículo 4º Requisitos para la presentación de los ajustes.

La presentación de los ajustes debe cumplir con los siguientes requisitos:

  1. Carta de solicitud de ajustes firmada por el representante legal de la entidad territorial o de la Corporación Autónoma Regional que haya presentado el proyecto, o por el representante legal de la entidad designada como ejecutora o, tratándose de proyectos con enfoque diferencial, por la autoridad de la comunidad minoritaria étnica que lo presentó, donde se especifique detalladamente el o los tipos de ajustes solicitados, conforme lo establecido en el artículo 2º del presente Acuerdo.

    Cuando la entidad pública designada como ejecutora del proyecto sea diferente a la entidad o autoridad que presentó el proyecto de inversión, la carta de que...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR