Directiva Presidencial número 02 de 2016 - 27 de Abril de 2016 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 637478073

Directiva Presidencial número 02 de 2016

EmisorPresidencia de la República
Número de Boletín49857

Para: Todas las entidades públicas, servidores públicos y particulares que cumplan funciones públicas o que ejercen actividades de apoyo a la gestión pública.

De: Presidente de la República.

Asunto: Atención de controversias internacionales de inversión.

Fecha: 27 de abril de 2016.

Durante los últimos doce años, la política pública de inversión en Colombia se ha concentrado principalmente en la atracción de inversión extranjera directa (IED), considerando los beneficios que esta tiene para el crecimiento y desarrollo económico del país. Fruto de esta política, Colombia ha suscrito Acuerdos Internacionales de Inversión (AII) que incluyen Acuerdos de Promoción y Protección Recíproca de Inversiones (APPRI) y Capítulos de Inversión dentro de Tratados de Libre Comercio (TLC).

Los AII buscan garantizar un trato consistente con estándares internacionales para los inversionistas extranjeros en Colombia y establecen un procedimiento especial para la solución de diferencias que surjan entre estos y el Estado. Este procedimiento especial incluye, entre otros mecanismos, el arbitraje internacional en el cual el Estado, con independencia de la Entidad involucrada, puede ser demandado. En ese orden las condenas emitidas por los tribunales internacionales en contra de los Estados pueden ascender a cuantiosas sumas, aspecto que generaría un fuerte impacto en las finanzas internas del Estado condenado. Por tal razón, es fundamental contar con una preparación adecuada que le permita al Estado colombiano identificar los riesgos, prevenir las controversias y reducir el riesgo de demandas de inversión por acciones u omisiones de cualquier entidad pública a cualquier nivel de Gobierno.

La presente directiva está dirigida a todas las entidades públicas, servidores públicos y particulares que cumplan funciones públicas o que ejerzan actividades de apoyo a la gestión pública frente al manejo de información y comunicaciones en el evento de una controversia internacional de inversión existente o eventual. Esta Directiva abarca también a las misiones y representaciones diplomáticas de Colombia en el extranjero.

Para tal efecto se deben tener en cuenta las siguientes pautas:

  1. Informar de manera inmediata a la Dirección de Inversión Extranjera y Servicios del Ministerio de Comercio, Industria y Turismo1 en caso de tener conocimiento de que como resultado de un acto, contrato, hecho, omisión y/u operación administrativa surja una diferencia relacionada con una presunta...

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