Resolución número 2399 de 2014, por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el procedimiento para el pago de conciliaciones y los créditos judicialmente reconocidos y ordenados en contra del Departamento Nacional de Planeación - 10 de Julio de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 519545514

Resolución número 2399 de 2014, por la cual se dictan disposiciones relacionadas con el procedimiento para el pago de conciliaciones y los créditos judicialmente reconocidos y ordenados en contra del Departamento Nacional de Planeación

EmisorDepartamentos Administrativos - Departamento Nacional de Planeación
Número de Boletín49208

La Directora del Departamento Nacional de Planeación, en ejercicio de sus facultades legales y Constitucionales, y con fundamento en el artículo 5º del Decreto número 1832 de 2012.

CONSIDERANDO:

Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 209 de la Constitución Política, la función administrativa debe estar orientada por los principios de eficacia, economía y celeridad, por lo que se hace necesario que el Departamento Nacional de Planeación, defina y establezca el procedimiento y los requisitos que se deben cumplir, para dar cumplimiento al pago de conciliaciones y créditos judicialmente reconocidos.

Que la Ley 1437 de 2011,1 señala en sus artículos 192 y 195, la forma y los términos como deben cumplirse las condenas y acuerdos conciliatorios contra la Nación.

Que el Estatuto Orgánico del Presupuesto, en su artículo 38 determina que se deben incluir las apropiaciones para el pago de créditos judicialmente reconocidos.

1 "Por la cual se expide el Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo".

Que según el numeral 18 del artículo 51 del Decreto número 3517 de 2009, es función de la Subdirección Financiera: "Atender oportunamente los pagos de las obligaciones a cargo del Departamento Nacional de Planeacióny del Fondo Nacional de Regalías".

Que es obligación legal del Departamento Nacional de Planeación, de conformidad con las disposiciones del Estatuto Orgánico de Presupuesto y del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo contenido en la Ley 1437 de 2011, adoptar el procedimiento para el pago de las conciliaciones y créditos reconocidos en contra del Departamento Nacional de Planeación de una manera ágil y oportuna.

Que en mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Inicio del trámite.

El apoderado judicial responsable del proceso en el cual se haya proferido fallo en contra del Departamento Nacional de Planeación, una vez se encuentre en firme y debidamente ejecutoriado el mismo, informará al Coordinador del Grupo de Asuntos Judiciales quien remitirá copia informal de la providencia ejecutoriada a la Subdirección Financiera, para que realice el trámite de liquidación y proyectará el respectivo acto administrativo mediante el cual se dé cumplimiento, previa reclamación por parte del beneficiario. En caso...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR