Auto DTP numero 0283 de 2008, mayo 19, por medio del cual se admite y avoca conocimiento de la solicitud del trámite de concesión de aguas superficiales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por Dorislida Rosero Martínez, identificada con cédula de ciudadanía número 27472653 expedida en Colón (P), para el funcionamiento de estanques piscícolas, localizados en el barrio San Antonio, municipio de Colón, departamento del Putumayo. - 13 de Octubre de 2008 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43924882

Auto DTP numero 0283 de 2008, mayo 19, por medio del cual se admite y avoca conocimiento de la solicitud del trámite de concesión de aguas superficiales y permiso de vertimientos líquidos, presentada por Dorislida Rosero Martínez, identificada con cédula de ciudadanía número 27472653 expedida en Colón (P), para el funcionamiento de estanques piscícolas, localizados en el barrio San Antonio, municipio de Colón, departamento del Putumayo.

EmisorCorporaciones Autónomas Regionales - Corporación para el Desarrollo Sostenible del Sur de la Amazonía
Número de Boletín47141

El Director Territorial Putumayo de la Corporación para el Desarrollo SostenibleQue el día 19 de diciembre de 2007, la señora Dorislida Rosero Martínez, remitió el certificado de libertad y tradición actualizado a la Dirección Territorial Putumayo de Corpoamazonia.

Que el día 20 de diciembre de 2007, la Dirección Territorial Putumayo de Corpoamazonia por medio del Oficio DTP-2161 le comunica a la señora Dorislida Rosero Martínez que por medio del Oficio DTP-1548 del 24 de septiembre de 2007, le solicitó a Dasalud se emita un concepto técnico evaluando los proyectos piscícolas dentro de los perímetros urbanos, debido a que se han presentado varias solicitudes de concesiones de aguas y permiso de vertimientos líquidos en estas condiciones en el departamento del Putumayo, proyectos que no se pueden realizar según el artículo 51 del Decreto 2257 de 1986.

Que el día 20 de diciembre de 2007 la Dirección Territorial Putumayo de Corpoamazonia por medio del Oficio DTP-2161 le comunica a la señora Dorislida Rosero Martínez que Dasalud por medio del Oficio CSA 3159 del 9 de octubre de 2007, recibido en nuestras oficinas el día 16 de octubre de 2007 informó a Corpoamazonia que este tipo de proyectos están prohibidos de acuerdo al mencionado decreto, razón por la cual Corpoamazonia no puede dar continuidad a su solicitud de trámite de concesión de aguas superficiales y permiso de vertimientos debido a que el predio donde se desarrolla su proyecto se encuentra en zona urbana según la escritura y el Certificado de Libertad y Tradición remitido por usted a esta Territorial.

Que el día 15 de mayo de 2008, la señora Dorislida Rosero Martínez remitió a la Dirección Territorial Putumayo de Corpoamazonia la siguiente documentación: Certificado del técnico de salud ambiental de Dasalud del municipio de Colón donde se establece que la estación piscícola ubicada en predios de la señora Dorislida no produce contaminación sanitaria que afecte la salud de las personas y al medio ambiente.

Constancia de la Secretaría de Planeación Municipal de Colón en la que se establece que el predio de la señora Dorislida se encuentra en zona urbana y además es zona de riesgo, pero que son predios óptimos para la explotación piscícola.

Constancia del centro provincial de Colón donde se establece que después de utilizar las...

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