SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA Acta de liquidación final, de la Empresa Nacional Minera Ltda. en Liquidación, Minercol Ltda., en Liquidación. - 30 de Abril de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50420688

SOCIEDADES DE ECONOMIA MIXTA Acta de liquidación final, de la Empresa Nacional Minera Ltda. en Liquidación, Minercol Ltda., en Liquidación.

EmisorSociedades De Economia Mixta
Número de Boletín46615

LIQUIDACION FINAL De la Empresa Nacional Minera Ltda. en Liquidacion, Minercol Ltda., en Liquidacion.

En Bogota, a los veintisiete (27) dias del mes de abril de 2007, se reunieron los doctores Hernan Martinez Torres, Ministro de Minas y Energia, y Eduardo Arce Caicedo, Gerente Liquidador de la Empresa Nacional Minera Ltda. en Liquidacion, Minercol Ltda. en Liquidacion, con el fin de transferir al Ministerio de Minas y Energia, los derechos y obligaciones de la Entidad Liquidada, en los siguientes terminos: CONSIDERACIONES:

Que mediante Decreto numero 254 de 2004 el Gobierno Nacional ordeno la supresion, disolucion y liquidacion de la Empresa Nacional Minera Ltda., Minercol Ltda. en Liquidacion, sociedad de responsabilidad limitada, del orden nacional, con capital estatal, sometida al regimen de las Empresas Industriales y Comerciales del Estado, vinculada al Ministerio de Minas y Energia, creada en virtud de la fusion ordenada mediante el Decreto-ley 1679 del 27 de junio de 1997;

Que en el decreto de supresion, disolucion y liquidacion se otorgo un plazo de dos (2) años para la realizacion del proceso de liquidacion;

Que mediante Decreto numero 4245 del 16 de diciembre de 2004 fue designado como Gerente Liquidador el doctor Eduardo Arce Caicedo, quien tomo posesion del cargo el 21 de diciembre de 2004;

Que por Decreto 116 de enero de 2006 el proceso de liquidacion se prorrogo hasta el 31 de diciembre de 2006;

Que por Decreto 4555 de diciembre de 2006 el plazo de liquidacion se prorrogo hasta el 31 de marzo de 2007;

Que por Decreto 1016 de 30 de marzo de 2007 se prorrogo el plazo hasta el 30 de abril de 2007;

Que por Decreto 1011 de 2007 la Nacion asumio el pasivo pensional de Minercol Ltda. en Liquidacion y que esta a su vez cancelo las obligaciones diferentes al mismo reconocidas y calificadas en su oportunidad legal;

Que en consecuencia, y teniendo en cuenta el monto y volumen de los bienes, derechos y obligaciones que no fue posible enajenar, no hay lugar a la constitucion de un patrimonio autonomo, sino a dar aplicacion directa al inciso 4° del articulo 35 del Decreto-ley 254 de 2000 modificado por la Ley 1105 de 2006 y suscribir el acta a que hace referencia el precepto;

Que de conformidad con lo establecido en el articulo 36 del Decreto-ley 254 modificado por la Ley 1105 de 2006, el Gerente Liquidador presento al señor Ministro de Minas y Energia el Informe Final General de las actividades realizadas en el ejercicio de su cargo;

Que el señor Ministro de Minas y Energia aprobo sin objeciones el Informe Final General de las actividades realizadas durante el proceso de liquidacion;

Que el articulo 28 del Decreto 254 de 2004 establece: "Traspaso de bienes, derechos y obligaciones. Una vez finalizada la liquidacion de la Empresa Nacional Minera Ltda. en Liquidacion, Minercol Ltda. en Liquidacion, los bienes, derechos y obligaciones seran transferidos a la Nacion - Ministerio de Minas y Energia. El Liquidador realizara oportunamente los actos que sean necesarios para el traspaso de esos activos, pasivos, derechos y obligaciones, si a ello hubiere lugar, en cumplimiento de lo dispuesto en el articulo 35 del Decreto-ley...

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