Resolución número 00060 de 2013, por la cual se establece la exención al pago de la imposición de sanciones pecuniarias a los nacionales ecuatorianos por violación a las normas migratorias en lo relacionado al periodo de permanencia autorizado - 5 de Febrero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 418376042

Resolución número 00060 de 2013, por la cual se establece la exención al pago de la imposición de sanciones pecuniarias a los nacionales ecuatorianos por violación a las normas migratorias en lo relacionado al periodo de permanencia autorizado

EmisorUnidades Administrativas Especiales - Unidad Administrativa Especial Migración Colombia
Número de Boletín48695

El Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, en ejercicio de sus facultades legales y en especial, las conferidas por los numerales 4, 5 y 17 del artículo 10 del Decreto-ley 4062 de 2011, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto-ley 4062 de 2011 "por el cual se crea la Unidad Administrativa EspecialMigración Colombia, se establece su objetivo y estructura" establece en su artículo 3º que el objetivo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia es el de ejercer "las funciones de autoridad de vigilancia y control migratorio y de extranjería del Estado colombiano."" .

Que el numeral 9 del artículo 4º del Decreto-ley 4062 del 2011 dispone como función a cargo de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia la de "recaudar y administrar las multas y sanciones económicas señaladas en el artículo 3º de la Ley 15 de 1968, en el artículo 98 del Decreto 4000 de 2004 y demás disposiciones que la modifiquen o adicionen"".

Que el numeral 11 del mencionado artículo y decreto, respectivamente, precisa como función en cabeza de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia, la de "Coordinar con el Ministerio de Relaciones Exteriores, la adopción y cumplimiento de los compromisos internacionales del Estado en materia migratoria.".

Que el numeral 17 del artículo 10 del Decreto-ley 4062 del 2011 establece como función a cargo del Director de la Unidad Administrativa Especial Migración Colombia la de "liquidar y cobrar las multas y sanciones económicas señaladas en el artículo 3º de la Ley 15 de 1968 y en el artículo 98 del Decreto 4000 de 2004 y demás disposiciones que lo modifiquen o adicionen.".

Que el artículo 33 del Decreto-ley 4062 del 2011 establece que "todas las referencias que hagan las disposiciones vigentes al Departamento Administrativo de Seguridad y a la Subdirección de Extranjería, que tengan relación con las funciones expresadas en el presente decreto, deben entenderse referidas a Migración Colombia"".

Que el artículo 98 del Decreto 4000 de 2004 "por el cual se dictan disposiciones...

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