V A R I O S Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca La Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca,cita y emplaza a quienes se crean con derecho a reclamar Salarios y Prestaciones Sociales y Económicas de Nelly Cárdenas Parra. - 13 de Febrero de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 52012985

V A R I O S Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca La Dirección de Personal de Establecimientos Educativos de la Secretaría de Educación del departamento de Cundinamarca,cita y emplaza a quienes se crean con derecho a reclamar Salarios y Prestaciones Sociales y Económicas de Nelly Cárdenas Parra.

EmisorVarios
Número de Boletín47262

uma de Valores Pagados por Radicacion la Nacion hasta el Remate o Saldo de los Creditos Remates o AdjudiSuma de la Adjudicacion en UVR Proporcion a DeMinhacienda Hipotecarios en caciones en Pesos Saldo en TES Cuotas PaUVR volver en Pesos 546 gadas 1-2008-081082 436.666,43 447.254,13 4.184.143,95 318.285.100,00 67.330.305,65 1-2008-081087 3.293.826,03 2.808.558,42 34.683.275,33 2.694.746.208,10 450.478.340,80 1-2008-081084 421.061,77 486.359,16 4.129.026,15 305.014.201,00 67.091.523,49 1-2008-081080 66.947,00 54.773,09 660.687,69 31.409.650,00 6.194.455,82 1-2008-081086 4.635,07 7.339,88 171,841,14 15.000.000,00 1.045.290,00 Totales 4.223.136.30 3.804.284,68 43.828.974,26 3.364.455.159,10 592.139.915,76 Que en cumplimiento de lo establecido en el numeral 4 del articulo 5° de la Resolucion 2223 de 2004 expedida por el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional -Subdireccion de Financiamiento Interno de la Nacion- mediante oficio radicado con numero 2-2009-001659 de fecha 26 de enero Banco de la Republica, en su calidad de administrador de los titulos, el valor del saldo de capital de los titulos TES Ley 546 que son objeto de devolucion, asi como las sumas pagadas por capital e intereses en los terminos del mencionado numeral del articulo 5° de la Resolucion 2223 de 2004 hasta la fecha en que se hizo efectiva la garantia;

Que de acuerdo con lo establecido en el considerando anterior, el Banco de la Republica remitio el extracto mediante correo electronico encriptado de fecha 3 de febrero de 2009, en los siguientes terminos: Suma de Valores Pagados por la Nacion Suma de Valores Pagados por la Nacion Radicacion hasta el Remate o Adjudicacion en UVR hasta la Devolucion en UVR Minhacienda Saldo de TES 546 Cuotas Pagadas Saldo de TES 546 Cuotas Pagadas 1-2008-081082 436.666,43 447.254,13 99.257,63 849.151,48 1-2008-081087 3.293.826,03 2.808.558,42 694.416,08 5.940.746,14 1-2008-081084 421.061,77 486.359,16 101.187,82 865.664,23 1-2008-081080 66.947,00 54.773,09 13.946,26 119.310,54 1-2008-081086 4.635,07 7.339,88 1.306,27 11.175,19 Totales 4.223.136,30 3.804.284,68 910.114,06 7.786.047,58 Que en cumplimiento de lo señalado en el numeral 5 del articulo 5° de la Resolucion 2223 de 2004 y con base en la informacion remitida por la Superintendencia Financiera de Colombia y el Banco de la Republica a que se hace referencia en los considerandos anteriores, la Subdireccion de Financiamiento Interno de la Nacion de la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, efectuo la verificacion del calculo de las sumas que le corresponden a la Nacion como proporcion de lo recaudado por la entidad acreedora en el proceso ejecutivo correspondiente;

Que de conformidad con lo dispuesto en el numeral 6 del articulo 5° de la Resolucion 2223 de 2004, la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico debe proyectar la Resolucion que ordene el pago a la Nacion, tanto de la proporcion de las sumas recaudadas en el proceso ejecutivo adelantado por la entidad acreedora, asi como de los intereses pagados por concepto de los Titulos de Tesoreria TES Ley 546 entre la fecha del remate o adjudicacion y la fecha de la devolucion, y Que en consideracion a lo establecido en el inciso 2 del paragrafo del articulo 5° de la Resolucion 2223 de 2004 expedida por el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, la informacion recibida por la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico se tomara como cierta y la responsabilidad de la veracidad de la misma estara a cargo del Representante Legal y del Revisor Fiscal de la entidad acreedora o quienes hayan hecho sus veces.

RESUELVE:

Articulo 1° Pago a la Nacion de la proporcion de las sumas recaudadas por impago de creditos individuales de vivienda objeto de alivios hipotecarios

Ordenar al Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria S.A. devolver a la Nacion - Ministerio de Hacienda y Credito Publico- la suma de quinientos noventa y dos millones ciento treinta y nueve mil novecientos quince pesos con setenta y seis centavos ($592,139,915.76), el dia 13 de febrero de 2009, por concepto de la proporcion de las sumas recaudadas en los procesos ejecutivos adelantados para hacer efectivas las garantias correspondientes a los creditos individuales de vivienda objeto de alivios hipotecarios, conforme la siguiente liquidacion: Radicacion Suma de Valores PagaSaldo de los CreSuma de los RemaSuma de la Propordos por la Nacion hasta ditos Hipotecarios tes o Adjudicaciones cion a Devolver en Minhacienda el Remate en UVR en UVR en Pesos Pesos 1-2008-081082 883.920,56 4.184.143,95 318.285.100.00 67.330.305,65 1-2008-081087 6.102.384,45 34.683.275,33 2.694.746.208.10 450.478.340,80 1-2008-081084 907.420,93 4.129.026,15 305.014.201.00 67.091.523,49 1-2008-081080 121.720,09 660.687,69 31.409.650.00 6.194.455,82 1-2008-081086 11.974,95 171.841,14 15.000.000.00 1.045.290,00 Totales 8.027.420,98 43.828.974,26 3.364.455.159.10 592.139.915,76 Articulo 2°. Pago a la Nacion de los intereses pagados con posterioridad al remate o adjudicacion. Ordenar al Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria S.A. pagar a la Nacion - Ministerio de Hacienda y Credito Publico - la suma de seiscientos sesenta y ocho mil setecientos cuarenta unidades con sesenta y seis centavos de Unidad de UVR (UVR 668,740.66) por el valor equivalente en pesos el dia 13 de febrero de 2009, por concepto de intereses pagados de los TES Ley 546 entre la fecha de remate o adjudicacion y la fecha de devolucion que se ordena mediante la presente resolucion, conforme la siguiente liquidacion: Radicacion Suma de Valores Pagados por la NaSuma de Valores Pagados Intereses a Devolver cion hasta el Remate o Adjudicacion hasta la Devolucion en Minhacienda en UVR C = (B) - (A) en UVR (A) UVR (B) 1-2008-081082 883.920,56 948.409,11 64.488,55 1-2008-081087 6.102.384,45 6.635.162,22 532.777,77 1-2008-081084 907.420,93 966.852,05 59.431,12 1-2008-081080 121.720,09 133.256,80 11.536,71 1-2008-081086 11.974,95 12.481,46 506,51 Totales 8.027.420,98 8.696.161,64 668.740,66 Articulo 3°. Forma de pago. El Banco Colpatria Red Multibanca Colpatria S.A. debera efectuar el pago de las sumas indicadas en los articulos 1 ° y 2° de la presente Resolucion en moneda legal colombiana, conforme a lo solicitado por su Representante Legal, asi: Liquidacion de la Devolucion Concepto Valores A. Proporcion de los remates a devolver en pesos 592.139.915,76 B. Intereses a devolver por los TES Ley 546 en UVR 668.740,66 C. UVR vigente en la Fecha de Devolucion 182,6855 D. Intereses a devolver por los TES Ley 546 en pesos 122.169.221,84 E. Total Devolucion en pesos (A+D) 714.309.137,60 Forma de Pago Concepto Valores A. Valor de la Devolucion en pesos 714.309.137,60 B. Devolucion con Titulos TES Ley 546 en UVR 0,00 C. UVR vigente en la Fecha de Devolucion 182,6855 D. Valor Devolucion con TES Ley 546 equivalente en pesos 0,00 E. Saldo a devolver en pesos (A - D) 714.309.137,60 Paragrafo. El valor a pagar en moneda legal colombiana a que hace referencia el presente articulo debera consignarse a favor de la Nacion - Ministerio de Hacienda y Credito Publico- en la Cuenta N° 61011623 en el Banco de la Republica.

Articulo 4° Vigencia

La presente resolucion rige a partir de la fecha de su publicacion en el Diario Oficial.

Publiquese, comuniquese y cumplase.

Dada en Bogota, D. C., a 13 de febrero de 2009.

La Directora General de Credito Publico y Tesoro Nacional, Viviana Lara Castilla.

(C.F.) Ministerio de agricultura y desarrollo rural RESOLUCION NUMERO 000036 DE 2009 El Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario, encargado de las Funciones del Despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural, Mediante Decreto 359 del 6 de febrero de 2009, en ejercicio de sus facultades constitucionales, legales y reglamentarias, y en especial las que le confiere el Decreto 4837 de diciembre 24 de...

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