Resolución número 2855 de 2007, por la cual se ordena el pago de los abonos efectuados a las deudas hipotecarias con la expedición de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados 'Títulos de Tesorería' - - Ley 546. - 26 de Octubre de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51606294

Resolución número 2855 de 2007, por la cual se ordena el pago de los abonos efectuados a las deudas hipotecarias con la expedición de títulos de deuda pública interna de la Nación denominados 'Títulos de Tesorería' - - Ley 546.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín46793

La Viceministra de Hacienda y Credito Publico, encargada de las funciones del despacho del Ministro de Hacienda y Credito Publico, en uso de sus facultades legales, en especial de las que le confieren el paragrafo 4° del articulo 41 de la Ley 546 de 1999, el numeral 33 del articulo del Decreto 4646 de 2006 y los Decretos 249 y 2221 de 2000 y 3111 de 2007, y CONSIDERANDO:

Que el articulo 41 de la Ley 546 de 1999 establecio, entre otros, que los abonos a los que se refiere el articulo 40 de la mencionada ley, se haran sobre los saldos vigentes a 31 de diciembre de 1999, de los prestamos otorgados por los establecimientos de credito para la financiacion de vivienda individual a largo plazo;

Que el articulo 42 de la Ley 546 de 1999 señalo, entre otros, que los deudores hipotecarios que estuvieren en mora al 31 de diciembre de 1999, pueden beneficiarse de los abonos previstos en el articulo 40 de la mencionada ley, los cuales se haran sobre los saldos vigentes a 31 de diciembre de 1999;

Que el paragrafo 4° del articulo 41 de la Ley 546 de 1999 autoriza al Gobierno Nacional para emitir y entregar Titulos de Tesoreria -TES- denominados en UVR, con el rendimiento que este determine, con pagos mensuales, y en las cuantias requeridas para atender la cancelacion de las sumas que se abonaran a los creditos hipotecarios de que tratan los articulos 41 y 42 de la mencionada ley;

Que de conformidad con lo previsto en el numeral 2 del articulo 3° del Decreto 249 del 2000 modificado por el articulo 2° del Decreto 2221 de 2000, la Superintendencia Financiera de Colombia remitio, previa verificacion, a la Direccion General de Credito Publico y del Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, la cuenta de cobro de los abonos efectuados a las deudas hipotecarias debidamente certificada por los representantes legales y los revisores fiscales de las siguientes entidades asi: LICITACION PUBLICA N° CAS-OAJ-LP-015-2007 REPUBLICA DE COLOMBIA DEPARTAMENTO DE CASANARE TRABAJO EN EQUIPO OFICINA ASESORA JURIDICA CONSTRUCCION ACUEDUCTO VEREDAS LAS ENRRAMADAS Y SANTA RITA, MUNICIPIO DE HATO COROZAL, DEPARTAMENTO DE CASANARE.

APERTURA DE LA LICITACION:

El dia 6 de noviembre de 2007.

VENTA Y VALOR DE PLIEGOS:

Pago en la Tesoreria Departamental y entrega de pliegos en la Oficina Asesora Juridica "Area de Licitaciones y Contratos", 5° piso, Edificio de la Gobernacion, segun cronograma establecido en los pliegos del proceso. Por un valor equivalente al cero punto cinco por mil (0,5%thou) del valor del presupuesto oficial de la presente licitacion, suma no reembolsable.

CIERRE:

Oficina Asesora Juridica, "Area de Licitaciones y Contratos", 5° piso, Edificio de la Gobernacion, segun cronograma establecido en los pliegos del proceso.

CONSULTA DE PLIEGOS DE CONDICIONES:

Oficina Asesora Juridica, "Area de Licitaciones y Contratos", 5° piso, Edificio de la Gobernacion, y en la pagina Web...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR