Resolución Ejecutiva número 263 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición - 9 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 459146258

Resolución Ejecutiva número 263 de 2013, por la cual se decide sobre una solicitud de extradición

EmisorMinisterio de Justicia y del Derecho
Número de Boletín48908

El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, y

CONSIDERANDO:

  1. Que mediante Nota Verbal número 0606 del 10 de abril de 2013, el Gobierno de los Estados Unidos de América, a través de su Embajada en Colombia, solicitó la detención provisional con fines de extradición del ciudadano colombiano Yesid Zambrano Garavito, requerido para comparecer a juicio por un delito federal de lavado de dinero relacionado con narcóticos.

  2. Que en atención a dicha solicitud, el Fiscal General de la Nación mediante resolución del 15 de abril de 2013, decretó la captura con fines de extradición del ciudadano Yesid Zambrano Garavito, identificado con la cédula de ciudadanía número 16596143, la cual se hizo efectiva el 19 de abril de 2013, por miembros de la Fiscalía General de la Nación.

  3. Que mediante Nota Verbal número 1068 del 14 de junio de 2013, la Embajada de los Estados Unidos de América en nuestro país formalizó la solicitud de extradición del ciudadano Yesid Zambrano Garavito.

    En dicha Nota se informa lo siguiente:

    "Yesid Zambrano Garavito es requerido para comparecer a juicio por un delito federal de lavado de dinero relacionado con narcóticos. Es el sujeto de la Acusación número 13-20179-CR-LENARD, dictada el 19 de marzo de 2013, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Florida, mediante la cual se le acusa de concierto para (a) realizar una transacción financiera la cual involucraba las utilidades provenientes del tráfico de narcóticos, con el conocimiento de que los bienes involucrados en la transacción financiera representaban las utilidades provenientes del tráfico de narcóticos con la intención de ocultar y disfrazar la naturaleza, ubicación, origen, propiedad y control de las utilidades; (b) transportar, transmitir y transferir fondos desde un lugar en los Estados Unidos, a un lugar fuera de los Estados Unidos, y transportar fondos a un lugar en los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, con la intención de promover la realización de la actividad ilícita especificada - tráfico de narcóticos; y (c) transportar, transmitir y transferir fondos desde un lugar en los Estados Unidos a un lugar fuera de los Estados Unidos y transportar, transmitir y transferir los fondos a un lugar en los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, con el conocimiento de que los bienes involucrados en las transacciones financieras representaban las utilidades provenientes del tráfico de narcóticos, las cuales fueron diseñadas para ocultar y disfrazar la naturaleza, ubicación, origen, propiedad y control de las utilidades; lo cual es en contra del Título 18, Secciones 1956(a)(1)(B)(i), 1956(a)(2)(A) y 1956(a)(2)(B)(i) del Código de los Estados Unidos; todo en violación del Título 18, Sección 1956(h) del Código de los Estados Unidos.

    (.)

    Un auto de detención contra Yesid Zambrano Garavito por este cargo fue dictado el 19 de marzo de 2013, por orden de la corte arriba mencionada. Dicho auto de detención permanece válido y ejecutable.

    (.)

    El marco de tiempo del delito de concierto, que aparece en la acusación, abarca desde marzo de 2010 hasta el 4 de septiembre de 2012. Por lo tanto, todas las actividades delictivas fueron realizadas con posterioridad al 17 de diciembre de 1997„.".

  4. Que luego de formalizada la solicitud de extradición del ciudadano Yesid Zambrano Garavito, el Ministerio de Relaciones Exteriores, a través de la Dirección de Asuntos Jurídicos Internacionales...

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