Resolución Ejecutiva número 066 de 2014, por la cual se decide el recurso de reposición interpuesto contra la Resolución Ejecutiva número 332 del 4 de diciembre de 2013
Emisor | Ministerio de Justicia y del Derecho |
Número de Boletín | 49097 |
El Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 491 de la Ley 906 de 2004, conforme a lo previsto en el artículo 74 de la Ley 1437 de 2011, y
CONSIDERANDO:
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Que mediante Resolución Ejecutiva número 332 del 4 de diciembre de 2013, el Gobierno Nacional concedió la extradición del ciudadano colombiano Elver Hernán Roa Ávila identificado con cédula de ciudadanía número 9533213, para que comparezca a juicio ante las autoridades de los Estados Unidos de América, por los siguientes cargos:
Cargo Uno: Concierto para (a) poseer con la intención de distribuir cinco kilogramos, y más, de cocaína a bordo de una aeronave de propiedad de un ciudadano de los Estados Unidos y registrada en los Estados Unidos; (b) importar cinco kilogramos, y más de cocaína, y (c) distribuir cinco kilogramos, y más, de cocaína con el conocimiento de que esta sería importada a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, y en aguas dentro de una distancia de 12 millas de la costa de los Estados Unidos;
Cargo Dos: Distribuir 500 gramos, y más, de una sustancia controlada (cocaína), con el conocimiento de que dicha cocaína sería importada a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito; y,
Cargo Tres: Distribuir 5 kilogramos, y más, de una sustancia controlada (cocaína), con el conocimiento de que dicha cocaína sería importada a los Estados Unidos desde un lugar fuera de los Estados Unidos, y ayuda y facilitación de dicho delito.
Los anteriores cargos se encuentran mencionados en la quinta acusación sustitutiva número S5 11 Cr. 793, dictada el 9 de noviembre de 2012, en la Corte Distrital de los Estados Unidos para el Distrito Sur de Nueva York.
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Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo, la anterior decisión se notificó personalmente al abogado defensor del ciudadano Elver Hernán Roa Ávila, el 15 de enero de 2014, a quien se le informó que podía interponer recurso de reposición dentro de los diez (10) días siguientes a la diligencia de notificación personal.
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Que estando dentro del término legal, el defensor del ciudadano Elver Hernán Roa Ávila, mediante escrito radicado en el Ministerio de Justicia y del Derecho el 29 de enero de 2014, interpuso recurso de reposición contra la Resolución Ejecutiva número 332 del 4 de diciembre de 2013, con el fin de que sea revisada la decisión.
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Que el mencionado recurso está fundamentado en los siguientes argumentos:
Señala que el requerido solo fue el conductor del señor Diego Vallejo Reyes, quien fue ya extraditado a los Estados Unidos de América y por tanto solo tuvo un contacto precario o intrascendente frente a las graves violaciones a la salubridad pública que este cometió, pues solo lo acompañaba materialmente como trabajador, pero desconocía las actividades ilícitas que este desarrollaba y por tanto no pueden ser equivalentes las conductas de uno y otro.
Considera que no existe certeza en cuanto a que el señor Roa Ávila no será juzgado por un hecho anterior y distinto del que motiva el pedido en extradición, como tampoco que tendría la posibilidad racional y real de que pueda tener contacto regular con sus familiares más cercanos, compromiso que de manera seria y documentada deberá ser incluido en la parte resolutiva del acto administrativo, en caso de no ser modificada la decisión impugnada.
Califica como una secuencia tan solo formal y nominal el trámite que surte en presente proceso ante las autoridades judiciales y administrativas y cuestiona que no exista respaldo ni una defensa al menos precaria por parte del Estado para quienes son objeto del trámite de...
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