Resolución número 683 de 2009, por la cual se autoriza a EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. UNE para celebrar una operación de manejo de deuda pública externa consistente en la celebración de un Cross Currency Swap Plain Vanilla. - 24 de Marzo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 54677130

Resolución número 683 de 2009, por la cual se autoriza a EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. UNE para celebrar una operación de manejo de deuda pública externa consistente en la celebración de un Cross Currency Swap Plain Vanilla.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47301

La Directora General de Credito Publico y Tesoro Nacional, en uso de sus facultades legales, en especial de las facultades que le confieren el articulo 6° de la Ley 781 de 2002, el articulo 27 del Decreto 2681 de 1993 y las Resoluciones numeros 2650 del 12 de noviembre de 1996 y 2822 del 30 de diciembre de 2002 del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, y CONSIdeRANDO:

Que el 23 de septiembre de 2008 EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. UNE celebro un contrato de emprestito externo con un Grupo de Bancos actuando como Agente Administrativo JP Morgan Chase Bank, N.A. por un monto de ciento cuarenta millones de dolares (USD$140.000.000);

Que mediante oficio numero 00386442 de fecha febrero 9 de 2009, EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. UNE solicito al Ministerio de Hacienda y Credito Publico autorizacion para realizar una operacion de cobertura de deuda externa correspondiente a los flujos de un credito Sindicado, a traves de un Cross Currency Swap Plain Vanilla;

Que el capitulo VIII de la Resolucion Externa numero 8 de 2000 de la Junta Directiva del Banco de la Republica, autoriza a los intermediarios del mercado cambiario y demas residentes a celebrar operaciones de derivados financieros sobre tasas de interes, tasas de cambio e indices accionarios, transadas con los intermediarios del mercado cambiario o con agentes del exterior que realicen este tipo de operaciones de manera profesional;

Que el articulo 6° de la Ley 781 de 2002 establece que sin perjuicio de lo establecido en los articulos 31 y 32 de la Ley 142 de 1994 para otros actos y contratos, la gestion y celebracion de los actos y contratos de que trata el Decreto 2681 de 1993 y demas normas concordantes por parte de las empresas de servicios publicos domiciliarios oficiales y mixtas, asi como de aquellas con participacion directa o indirecta del Estado superior al cincuenta por ciento en su capital social, se sujetaran a las normas sobre credito publico aplicables a las entidades descentralizadas del correspondiente orden administrativo;

esta Resolucion debera Que conforme a lo dispuesto en el articulo 27 del Decreto 2681 de 1993, la celebracion de operaciones para el manejo de la deuda externa de entidades descentralizadas del orden nacional y de entidades territoriales y sus descentralizadas requiere autorizacion del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, la cual se puede otorgar siempre y cuando se demuestre la conveniencia y justificacion financiera de la operacion y sus efectos sobre el perfil de la deuda, mediante documento justificativo de la operacion, elaborado por la entidad estatal con base en las instrucciones de caracter general que imparta el Ministerio de Hacienda y Credito Publico;

Que mediante oficio numero 00386442 del 9 de febrero de 2009 y su respectivo anexo, EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. UNE, demostro la conveniencia y justificacion financiera de la operacion objeto de la presente autorizacion y sus efectos sobre el perfil de la deuda;

Que mediante memorando numero 6.7.1 - 3 - 2009 - 003865 del 25 de febrero de 2009, la Subdireccion de Riesgo de la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional, conceptuo favorablemente sobre dicha operacion, determinando que la utilizacion de un swap en la modalidad Cross Currency permite el cubrimiento del riesgo cambiario y el riesgo de tasa de interes simultaneamente, lo que permite tener completa certeza sobre el valor a pagar en pesos del flujo del credito cubierto. Asi mismo, establece que esta cobertura tiene como efecto una disminucion en el servicio de deuda en riesgo de la entidad, lo que implica una mejoria de la estructura y perfil de la deuda y que en ningun caso la utilizacion de este instrumento constituye nuevo endeudamiento o el aumento en el saldo de la deuda;

Que mediante Resolucion numero 1495 del 2 de agosto de 2002, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico, autorizo de forma general a las entidades estatales para suscribir "Contratos Marco para la celebracion de Operaciones de Derivados" y su respectivo "Suplemento" con entidades autorizadas para proveer cobertura que se encuentren sometidas a la inspeccion y vigilancia de la Superintendencia Financiera de Colombia, para lo cual deberan oficial Libertad y Orden * I S S N 0122-2112 inisterio de Hacienda y credito Publico ceñirse estrictamente a los terminos del modelo de "Contrato Marco para la celebracion de Operaciones con Derivados" y del Modelo de "Suplemento" aprobados por la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico. Igualmente, mediante Resolucion numero 3019 de noviembre 1° de 2007, el Ministerio de Hacienda y Credito Publico autorizo a EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. para celebrar contratos "ISDA Master Agreements" y sus correspondientes "Schedules" con agentes del exterior autorizados para proveer coberturas de riesgos, previa la aprobacion de los mismos por parte de la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico;

Que es proposito de la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico propender porque las entidades publicas hagan un manejo adecuado de su portafolio de pasivos, a fin de asegurar una gestion eficiente del riesgo financiero de su endeudamiento;

RESUELVE:

Articulo 1° Autorizar a EPM Telecomunicaciones S

A. E.S.P. UNE para celebrar una operacion de manejo de deuda publica externa consistente en la celebracion de un Cross Currency Swaps Plain Vanilla, sobre los pagos por concepto de capital e intereses del contrato de emprestito externo suscrito con un Grupo de Bancos actuando como Agente Administrativo JP Morgan Chase Bank, N.A. por un monto de ciento cuarenta millones de dolares (USD$140.000.000), como se presenta a continuacion: Fecha Pago Amortizacion Interes 26-03-09 - Libor 6M+1,75% 28-09-09 - Libor 6M+1,75% 29-03-10 - Libor 6M+1,75% 29 - 09 -10 - Libor 6M+1,75% 25 - 03 -11 23.333.333,33 Libor 6M+1,75% 26 - 09 -11 23.333.333,33 Libor 6M+1,75% 26 - 03 -12 23.333.333,33 Libor 6M+1,75% 25-09-12 23.333.333,33 Libor 6M+1,75% 25 - 03 -13 23.333.333,33 Libor 6M+1,75% 26 - 09 -13 23.333.333,33 Libor 6M+1,75%.

Articulo 2°

La operacion de manejo de deuda publica externa que se autoriza mediante sujetarse, segun el tipo de agente que provee la cobertura, a los terminos del "ISDA Master Agreement", su correspondiente "Schedule" y la respectiva "Confirmation Letter" que sean aprobados por la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, o a los terminos del modelo de Contrato Marco para la Celebracion de Operaciones con Derivados y su respectivo Suplemento y las respectivas cartas de confirmacion aprobados por esta misma Direccion mediante Resolucion numero 1495 del 2 de agosto de 2002.

Articulo 3°

La operacion cuya celebracion se autoriza en el articulo 1° de la presente Resolucion, debera tener como proposito la proteccion de la variacion tanto del precio de las divisas como de la tasa de interes, necesarios para efectuar los pagos por concepto de capital e intereses del emprestito externo celebrado con un Grupo de Bancos actuando como Agente Administrativo JP Morgan Chase Bank, N.A. por un monto de ciento cuarenta millones de dolares (USD$140.000.000).

Articulo 4° Las cotizaciones que EPM Telecomunicaciones S.A

E.S.P. UNE seleccione, deberan ser las mejores posibles dentro de las condiciones de mercado y en cuanto lo permitan las condiciones del mismo y/o el tipo de operacion, escogidas entre dos (2) o mas 2 cotizaciones de entidades autorizadas para proveer esta cobertura de riesgo. El proceso de escogencia sera informado a la Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional del Ministerio de Hacienda y Credito Publico, para lo cual, EPM Telecomunicaciones S.A. E.S.P. UNE debera enviar un memorando dentro los diez (10) dias siguientes a la realizacion de la operacion, en el que describa todo el proceso de la misma incluyendo el prestamo que se esta cubriendo, la fecha y hora en la que se realizo la operacion, la tasa de cierre de la operacion, su fecha de vencimiento y las impresiones de las pantallas sobre las cuales se cotizo las operaciones seleccionadas. Dicho memorando debera estar firmado por la persona que efectuo la operacion y por su supervisor, junto con el cual debera enviarse una copia de la Carta de Confirmacion de la operacion respectiva, junto con el Contrato Marco o ISDA Master Agreement segun corresponda y su respectivo Suplemento o su correspondiente "Schedule".

Articulo 5° EPM Telecomunicaciones S.A

E.S.P. UNE debera solicitar al Ministerio de Hacienda y Credito Publico - Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional -, la inclusion en la Base Unica de Datos de los contratos que suscriba en desarrollo de la presente Resolucion, para lo cual debera remitir copia de los documentos pertinentes a la citada Direccion.

Articulo 6° EPM Telecomunicaciones S.A

E.S.P. UNE debera presentar al Ministerio de Hacienda y Credito Publico - Direccion General de Credito Publico y Tesoro Nacional - la informacion mensual de las operaciones de manejo que se autorizan mediante la presente Resolucion, dentro de los primeros diez (10) dias calendario del mes siguiente al mes en que se reporte, conforme a lo dispuesto...

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