Escritura 23 - 29 de Mayo de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43222377

Escritura 23

Número de Boletín45923

Escritura pública número (23)

Notaría Unica del Círculo de Coyaima, Tolima.

Notaria: Alba María Luna Peralta.

Código notaria: 3721770001.

Superintendencia de Notariado y Registro.

Formato de calificación

Matrículas inmobiliarias: 3680037516, 3680037512 y 3680037504.

Cédulas catastrales: 00-04-005-0068-000-01-01, 00-04-005-0057-0 00-01-01 y 00-04-005-0016-000-01-01.

Ubicación del predio: Vereda Zanja Honda, Coyaima.

Nombre o dirección: Los Lagos, La Limonera y El Caracolí.

Acto jurídico: Compraventa parcial.

Cuantía: $22.428.800.00.

Otorgantes: Juan de la Cruz Luna Poloche a Incoder.

En el municipio de Coyaima, departamento del Tolima, República de Colombia, a diez (10) del mes de marzo del año dos mil cinco (2005), ante mí Alba María Luna Peralta, Notaria Unico del Círculo de Coyaima, compareció con minuta escrita el doctor Jorge Cárdenas Gutiérrez, mayor de edad, vecino de Ibagué, identificado con la cédula de ciudadanía número 12130134 de Neiva, Huila, quien obra en nombre del Incoder en su condición de Jefe de la Oficina de Enlace Territorial número 5 con sede administrativa en la ciudad de Ibagué, departamento del Tolima, debidamente nombrado mediante Resolución de Nombramiento número 00025 del 13 de enero de 2005, posesionados a través del Acta número 00007 del 26 de enero de 2005 y facultado legalmente para la suscripción del presente contrato según delegación contenida en la Resolución de Gerencia General número 00116 de 2004, quien en adelante se denominará el Comprador, y por la otra, Juan de la Cruz Luna Poloche, mayor de edad, vecino de Coyaima, identificado con la cédula de ciudadanía número 5868865 de Coyaima, quien obra en nombre propio y quien en adelante se llamará el Vendedor, declararon que han celebrado el contrato de compraventa, previas las siguientes consideraciones:

  1. Que el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT, construyó las obras de infraestructura para el embalse de la Presa Zanja Honda, con el fin de controlar las crecientes del río Chenche y de la quebrada Zanja Honda y para ser utilizada como almacenamiento futuro de aguas del Distrito de Riego del Triángulo del Tolima;

  2. Que dentro del Programa de Renovación de la Administración Pública, el Gobierno Nacional ordenó la supresión y la liquidación de algunas entidades del Estado, entre ellas, el Instituto Nacional de Adecuación de Tierras, INAT; el Fondo de Cofinanciación para la Inversión Rural, DRI; el Instituto Nacional de Pesca y Acuicultura, INPA, y el Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora;

  3. Que para asumir las funciones, competencias y continuar con los proyectos adelantados por las entidades anteriores, se creó el Instituto Colombiano de Desarrollo Rural, Incoder, mediante el Decreto número 1300 del 24 de mayo de 2003;

  4. Que el Incoder adelanta la ejecución de obras necesarias para la construcción de la presa Zanja Honda y obras complementarias en el Distrito Triángulo del Tolima y, que por lo mismo, es necesario entrar a adquirir la parte correspondiente a los predios que resultan afectados con la obra pública, entre los cuales está el de propiedad del señor Juan de la Cruz Luna Poloche;

  5. Que en virtud de lo anterior se procede a celebrar el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas:

    Primera. Identificación del inmueble, cabida y linderos. Que el Vendedor actualmente detenta la propiedad y la posesión quieta y pacífica sobre tres (3) globos de terrenos ubicados dentro de la Jurisdicción del municipio de Coyaima, vereda Zanja Honda y conocido como "Los Lagos, La Limonera y El Cara colí", cuyos linderos, generales tomados de la sentencia de pertenencia, de fecha 9 de julio de 1999, proferida por el Juzgado Segundo Civil del Circuito del Guamo, departamento del Tolima, son:

    1. Los Lagos con una cabida superficiaria de once (11) hectáreas aproximadamente, son los siguientes:

      Por el oriente, con posesión de Gil Alape y Faustino Poloche.

      Por el occidente, con la carretera que de Coyaima conduce a Totarco.

      Por el norte, con posesión de Nicolás Luna, y

      Por el sur, con posesión de Rey Luna.

      Parágrafo 1º. El predio anteriormente descrito, fue objeto de levantamiento topográfico por parte del Instituto Geográfico Agustín Codazzi, IGAC, según el plano con número de archivo número 601.dwg, de fecha julio de 2004, del cual se acompaña copia para que se inserte en el protocolo, el inmueble tiene una superficie de doce (12) hectáreas ocho mil quinientos sesenta y seis coma ochenta y siete (8.566,87) metros cuadrados y sus linderos generales actualizados son:

      Punto de partida. Se tomó como punto de partida el punto número 1 situado al noroeste en la concurrencia de las colindancias Baldomera Poloche, carretera que de Coyaima conduce a Totarco al medio; Nicolás Luna y el globo a deslindar. Colinda así:

      Norte: Del punto número 1 en línea recta en sentido sureste hasta encontrar el punto número 2, en una distancia de 775,32 metros; del punto número 2 se sigue en línea recta en sentido sureste hasta encontrar el punto número 3, en una distancia de 153,01 metros. Del punto número 1 al punto número 3, colinda con Nicolás Luna en una distancia total de 928,33 metros.

      Este: Del punto número 3 se sigue en línea recta en sentido suroeste hasta encontrar el punto número 4, colindando con Faustino...

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