Escritura 453 - 10 de Febrero de 2002 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43171380

Escritura 453

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano de la Reforma Agraria
Número de Boletín44704

Naturaleza del acto: Contrato de compraventa.

Valor del Acto: $31.000.000.00.

Otorgantes: María del Carmen Jaramillo de Cardona y Rodrigo Cardona González.

A: Instituto Colombiano de la Reforma Agraria.

Matrícula inmobiliaria N°: 293-0000493.

En el municipio de Belén de Umbría, departamento de Risaralda, República de Colombia, a los primero (1°) días del mes de octubre de dos mil uno (2001), ante mí, Zulma

Chica Londoño, Notaria Un ica del Círculo, comparecieron los señores:

María del Carmen Jaramillo de Cardona y Rodrigo Cardona González, mayores de edad, domiciliados en Belén de Umbría y Pereira, Risaralda, respectivamente, portadores

de las cédulas de ciudadanía números 24541757 y 17014310 expedidas en Belén de Umbría y Bogotá, D. C., de estado civil casada, con sociedad conyugal vigente, y soltero;

sin parentesco entre sí, hábiles para todos los efectos legales y notariales, a quienes de conocer doy fe y manifestaron lo siguiente:

Primera. Que en virtud de negociaciones directas y voluntarias con representantes del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora, previo el procedimiento

contenido en la Ley 160 de 1994 y teniendo en cuenta las disposiciones de las demás normas pertinentes, se llegó a un acuerdo sobre la venta a dicho Instituto de los

inmuebles rurales denominados Geguada-El Hormiguero, ubicados en jurisdicción del municipio de Mistrató, departamento de Risaralda, sobre el precio y la forma de pago.

Segunda. Que en su condición de propietarios, transfieren a favor del Instituto Colombiano de la Reforma Agraria, Incora: El derecho de dominio y plena propiedad y

posesión que tengan o que puedan tener sobre los siguientes predios:

Geguada-El Hormiguero: Que forman un solo globo, ubicados en jurisdicción del municipio de Mistrató, departamento de Risaralda, con todas sus anexidades, mejoras,

construcciones, elementos y accesorios, servidumbres activas y pasivas legalmente constituidas sobre los mismos, con cabida total de setenta y seis hectáreas, nueve mil

doscientos diez, punto quince metros cuadrados (76-9.210.15), cuya copia heliográfica se anexa para que se protocolice con el presente instrumento y sirva de identificación

de los inmuebles en lo sucesivo, hecho del cual tomará atenta nota la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos del círculo de Belén de Umbría, Risaralda, para efectos de

publicidad frente a terceros.

Tercera. Los linderos generales de los predios señalados en la cláusula primera, tomados de los certificados de tradición son: Predio Geguada: FMI 293-0000492. Area

102-0000 hectáreas, alinderado así: Partiendo de un mojón de piedra que se encuentra a orillas del río San Juan, de allí, se sigue por la quebrada de Anquía, hasta encontrar

otro mojón de piedra a orillas de la misma quebrada, de aquí, se sigue por la quebrada Anquía hasta encontrar otro mojón de piedra a orillas de la misma quebrada; de allí se

sigue en línea semicurva hacia arriba lindando con propiedad de Calixto Tascón, se sigue lindando con el mismo, hasta encontrar lindero con propiedad de José Arce, hasta

encontrar un mojón de piedra con lindero y predio de Santiago Valencia y Horacio Zuluaga, se sigue lindando con el mismo, hasta encontrar otro mojón de piedra en lindero

con los mismos; de aquí, se sigue hacia arriba en línea semicurva lindando con los mismos, hasta encontrar otro mojón de piedra a orillas de un camino viejo; se atraviesa el

camino y se sigue lindando ya de para abajo con propiedad de Conrado Zuluaga; de allí, se sigue lindando con el mismo en lindero con Horario Zuluaga; de aquí, se sigue

lindando con el mismo, hacia abajo, hasta encontrar otro mojón de piedra lindero con el mismo Zuluaga; de allí, se sigue en travesía, hasta encontrar lindero con Conrado

Zuluaga y siguiendo hacia abajo lindando con el mismo, hasta encontrar otro mojón de piedra a orillas del río San Juan y río San Juan abajo hasta encontrar el primer mojón,

punto de partida.

El Hormiguero: FMI 293-0000493. Area: treinta y siete hectáreas, tres mil metros cuadrados más o menos (37-3000) según certificado de tradición, alinderado así:

Punto de partida: Se tomó como tal el número 07 en el cual concurren las colindancias de Hugo Escobar, terrenos nacionales y la interesada.

Colinda así: Norte: Punto 07 al 21, en 720 metros. Noroeste: En 268-00 metros con quebrada Sulpía, puntos 21 al 19. Suroeste. En 372-00 metros con Calixto Tascón,

puntos 19 al 16, quebrada Anquima al medio. Sur: En 940-00 metros con sucesi ón de Horacio Zuluaga hoy con los compradores señores Cardona y Ortiz, puntos 06 al 0.

Este: En 417-00 metros con Hugo Escobar, hoy los mismos Cardona y Ortiz, puntos 0 al 07 y encierra. En vista de que dichos bienes inmuebles se administran bajo un solo

globo por encontrarse contiguos, los contratantes han resuelto mediante este acto realizar el englobamiento jurídico, con el fin de que en lo sucesivo se continúen rigiendo por

una sola matrícula inmobiliaria y que se seguirá denominando ¿Geguada¿, de lo cual tomará atenta nota la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Belén de Umbría,

con cabida total de setenta y seis hectáreas nueve mil doscientos diez punto quince metros cuadrados...

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