Resolución número 0026 de 2013, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio - 16 de Enero de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 415330734

Resolución número 0026 de 2013, por la cual se establece el horario de trabajo y de atención al público en el Ministerio de Vivienda, Ciudad y Territorio

EmisorMinisterio de Vivienda, Ciudad y Territorio
Número de Boletín48675

El Ministro de Vivienda, Ciudad y Territorio, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, y en especial las conferidas en el artículo 208 de la Constitución Política, el literal g) del artículo 61 de la Ley 489 de 1998 y el artículo 33 del Decreto número 1042 de 1978, y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 1º del Decreto número 1876 de 1970, señala que el horario de trabajo en los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias y establecimientos públicos, será determinado por cada uno de los jefes de los respectivos organismos.

Que el artículo 2º del citado decreto, prevé que las oficinas de la Administración Pública nacional, mediante resolución, fijarán el horario de atención al público, los sistemas de registro de las horas de entrada y de salida, las sanciones por ausencias o retardos, los procedimientos para el otorgamiento de permisos y las demás disposiciones a que hubiere lugar sobre la materia.

Que el artículo 33 del Decreto número 1042 de 1978, dispone que la jornada laboral de los servidores públicos de los establecimientos del orden nacional, corresponde a jornadas de cuarenta y cuatro (44) horas semanales.

Que el artículo 27 y el numeral 11 del artículo 34 de la Ley 734 de 2002 señalan que los servidores públicos deben dedicar la totalidad del tiempo reglamentario de trabajo al desempeño de las funciones encomendadas, salvo las excepciones legales y que las faltas disciplinarias se realizan por acción u omisión en el cumplimiento de los deberes propios del cargo o función.

Que por solicitud de los representantes de los funcionarios ante la Comisión de Personal, el Comité de Convivencia Laboral y el Comité Paritario de Salud Ocupacional, se realizó una encuesta sobre el horario laboral. Al respecto se presentaron a consideración de los empleados dos (2) propuestas para elegir la de su preferencia; proceso cuyo resultado se describe a continuación:

· Horario Laboral de 7:00 a. m. a 4:30 p.m., incluida una hora de almuerzo: 56%.

· Horario Laboral de 8:00 a. m. a 5:30 p.m., incluida una hora de almuerzo: 41.79%.

· Funcionarios que no seleccionaron propuesta de horario: 1.49%.

Que con el fin de implementar incentivos que favorezcan los niveles de eficiencia, satisfacción y desarrollo de los empleados y que a la vez contribuyan...

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