Resolución número 00000117 de 2014, por el cual se define una actuación administrativa para establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-569470. Expediente AA. 188 de 2013 - 6 de Marzo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 496521686

Resolución número 00000117 de 2014, por el cual se define una actuación administrativa para establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-569470. Expediente AA. 188 de 2013

EmisorOficinas de Registro de Instrumentos Públicos - Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá
Número de Boletín49084

El Registrador Principal de la Oficina de Registro de Instrumentos Públicos de Bogotá Zona Sur, en uso de sus facultades legales y en especial de las conferidas por el artículo 30 Decreto número 2163 de 2011, Ley 1437 de 2011 y la Ley 1579 de 2012, y

CONSIDERANDO QUE:

Mediante oficio de fecha julio 19 de 2013, el Registrador Delegado de esta oficina, remite el turno de corrección número C2013-18439, con la siguiente nota "Favor determinar adecuación o exclusión de la Anotación 4 y 5 del Folio de Matrícula 569470, por cuanto la tradición de la Escritura Pública 6814 del 06-12-1984 Notaría 21 de Bogotá, cita también la Escritura Pública 6773 de 04-12-1984 Notaría 27 de Bogotá y en su momento histórico no estaba todavía inscrita".

Con fundamento en lo anterior, mediante auto de fecha 20 de noviembre de 2013, se inició la presente actuación administrativa, tendiente a establecer la real situación jurídica del inmueble identificado con el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-569470, citándose a las siguientes personas: Anselmo, Lorenzo, Pedro José, Ernestina Moreno Parada y Adela Moreno Parada de Cifuentes, herederos indeterminados del señor Juan de Jesús Peña Rodríguez, y demás personas indeterminadas, con publicación en el Diario Oficial, en su edición número 49.004 de fecha 14 de diciembre de 2013, enviándose copia del auto al Juzgado 20 de Familia de Bogotá, para el proceso de Sucesión número 2009-0804, del señor Jesús Peña Rodríguez, de conformidad con lo establecido en los artículos 34 y subsiguientes de la Ley 1437 de 2011.

LA DECISIÓN Y SU FUNDAMENTO

Llegada la oportunidad para decidir luego de agotado el trámite de instancia y cumplida las comunicaciones, notificaciones y publicaciones dispuestas por la ley, se procede por parte de este Despacho a emitir el pronunciamiento de fondo adscrito a su competencia respecto del mérito de la actuación administrativa emprendida.

Después de consultar el folio de Matrícula Inmobiliaria número 50S-569470 y teniendo en cuenta los documentos que reposan en el archivo de esta oficina, tenemos:

Que el inmueble ubicado en la calle 37A sur Nº 5-16 este, fue adquirido por los señores Pedro Celestino Moreno y Ernestina Prada, a título de compraventa según Escritura 5994 del 31-12-1954 Notaría 7 de Bogotá, registrada el día 19-04-1954, en el libro primero, al folio 351, número 6006, Anotación número 01 folio de Matrícula número 50S-569470.

Siguiendo la cadena traditiva del folio de matrícula citado en el párrafo anterior, mediante sentencia de fecha 17-01-1980 del Juzgado 38 Civil Municipal de Bogotá, se efectuó el trabajo de partición de la sucesión del señor Pedro Celestino Moreno Salcedo, y que al consultar el contenido de la sentencia citada, también se liquidó la sociedad conyugal existente junto con la señora Ernestina Parada viuda de Moreno, adjudicándose el inmueble en favor de sus cinco hijos: Anselmo, Lorenzo, Pedro José...

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