Decreto número 1306 de 2009, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias. - 17 de Abril de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 57084172

Decreto número 1306 de 2009, por el cual se modifica la estructura del Ministerio de Educación Nacional, y se determinan las funciones de sus dependencias.

EmisorMinisterio de Educación Nacional
Número de Boletín47323

El Ministro del Interior y de Justicia de la Republica de Colombia, delegatario de funciones presidenciales, en virtud del Decreto 1225 del 13 de abril de 2009, en ejercicio de las facultades constitucionales y legales, especialmente las que le confiere el numeral 16 del articulo 189 de la Constitucion Politica, y los articulos 45 y 54 de la Ley 489 de 1998, y DECRETA:

CAPITULO I Objetivo, estructura y funciones Artículos 1 a 38
Articulo 1° Objetivo

El Ministerio de Educacion Nacional, tendra como objetivos los siguientes: 1.1. Establecer las politicas y los lineamientos para dotar el sector educativo de un servicio de calidad con acceso equitativo y con permanencia en el sistema.

1.2. Diseñar estandares que definan el nivel fundamental de calidad de la educacion que garantice la formacion de las personas en convivencia pacifica, participacion y responsabilidad democratica, asi como en valoracion e integracion de las diferencias para una cultura de Derechos Humanos y ciudadania en la practica del trabajo y la recreacion para lograr el mejoramiento social, cultural, cientifico y la proteccion del ambiente.

1.3. Garantizar y promover, por parte del Estado, a traves de politicas publicas, el derecho y el acceso a un sistema educativo publico sostenible que asegure la calidad y la pertinencia en condiciones de inclusion, asi como la permanencia en el mismo, en todos los niveles: preescolar, basica, medio y superior.

1.4. Generar directrices, efectuar seguimiento y apoyar a las entidades territoriales para una adecuada gestion de los recursos humanos del sector educativo, en funcion de las politicas nacionales de ampliacion de cobertura, mejoramiento de la calidad y la eficiencia del servicio educativo y la pertinencia.

1.5. Orientar la Educacion Superior en el marco de la autonomia universitaria, garantizando el acceso con equidad a los ciudadanos colombianos, fomentando la calidad academica, la operacion del sistema de aseguramiento de la calidad, la pertinencia de los programas, la evaluacion permanente y sistematica, la eficiencia y transparencia de la gestion para facili tar la modernizacion de las Instituciones de Educacion Superior e implementar un modelo administrativo por resultados y la asignacion de recursos con racionalidad de los mismos.

1.6. Velar por la calidad de la educacion, mediante el ejercicio de las funciones de regulacion, inspeccion, vigilancia y evaluacion, con el fin de lograr la formacion moral, espiritual, afectiva, intelectual y fisica de los colombianos.

1.7. Implementar mecanismos de descentralizacion, dotando el sector de los elementos que apoyen la ejecucion de las estrategias y metas de cobertura, calidad y eficiencia.

1.8. Propiciar el uso pedagogico de medios de comunicacion como por ejemplo radio, television e impresos, nuevas tecnologias de la informacion y la comunicacion, en las instituciones educativas para mejorar la calidad del sistema educativo y la competitividad de los estudiantes del pais.

1.9. Establecer e implementar el Sistema Integrado de Gestion de Calidad - SIG, articulando los procesos y servicios del Ministerio de Educacion Nacional, de manera armonica y complementaria a los distintos componentes de los sistemas de gestion de la calidad, de control interno y de desarrollo administrativo, con el fin de garantizar la eficiencia, eficacia, transparencia y efectividad en el cumplimiento de los objetivos y fines sociales de la educacion.

Articulo 2° Funciones

Corresponde al Ministerio de Educacion Nacional cumplir, ademas de las funciones señaladas por la ley, las siguientes: 2.1. Formular la politica nacional de educacion, regular y establecer los criterios y parametros tecnicos cualitativos que contribuyan al mejoramiento del acceso, calidad y equidad de la educacion, en todos sus niveles y modalidades.

2.2. Preparar y proponer los planes de desarrollo del Sector, en especial el Plan Nacional de Desarrollo Educativo, convocando los entes territoriales, las instituciones educativas y la sociedad en general, de manera que se atiendan las necesidades del desarrollo economico y social del pais.

2.3. Dictar las normas para la organizacion y los criterios pedagogicos y tecnicos para las diferentes modalidades de prestacion del servicio educativo, que orienten la educacion en los niveles de preescolar, basica, media y superior.

2.4. Asesorar a los Departamentos, Municipios y Distritos en los aspectos relacionados con la educacion, de conformidad con los principios de subsidiaridad, en los terminos que defina la ley.

2.5. Impulsar, coordinar y financiar programas nacionales de mejoramiento educativo que se determinen en el Plan Nacional de Desarrollo.

2.6. Velar por el cumplimiento de la ley y los reglamentos que rigen al sector y sus actividades.

2.7. Evaluar, en forma permanente, la prestacion del servicio educativo y divulgar sus resultados para mantener informada a la comunidad sobre la calidad de la educacion.

2.8. Dirigir la actividad administrativa del Sector y coordinar los programas intersectoriales.

2.9. Dirigir el Sistema Nacional de Informacion Educativa y los Sistemas Nacionales de Acreditacion y de Evaluacion de la Educacion.

2.10. Coordinar todas las acciones educativas del Estado y de quienes presten el servicio publico de la educacion en todo el territorio nacional, con la colaboracion de sus entidades adscritas, de las entidades territoriales y de la comunidad educativa.

2.11. Apoyar los procesos de autonomia local e institucional, mediante la formulacion de lineamientos generales e indicadores para la supervision y control de la gestion administrativa y pedagogica.

2.12. Propiciar la participacion de los medios de comunicacion en los procesos de educacion integral permanente.

2.13. Promover y gestionar la cooperacion internacional en todos los aspectos que interesen al sector, de conformidad con los lineamientos del Ministerio de Relaciones Exteriores.

2.14. Suspender la capacidad legal de las autoridades territoriales para la administracion del servicio publico educativo y designar de forma temporal un administrador especial de acuerdo con lo establecido en el articulo 30 de la Ley 715 de 2001.

2.15. Dirigir el proceso de evaluacion de la calidad de la Educacion Superior para su funcionamiento.

2.16. Formular la politica y adelantar los procesos de convalidacion de titulos otorgados por Instituciones de Educacion Superior extranjeras.

2.17. Formular politicas para el fomento de la Educacion Superior.

2.18. Las demas que le sean asignadas.

Articulo 3° Direccion

La Direccion del Ministerio de Educacion Nacional estara a cargo del Ministro, quien la ejercera con la inmediata colaboracion de los Viceministros.

Articulo 4° Integracion del Sector Administrativo de la Educacion

El Nivel Nacional del Sector Administrativo de la Educacion esta constituido por el Ministerio de Educacion Nacional y sus entidades adscritas y vinculadas: ENTIDADES ADSCRITAS Instituto Colombiano para el Fomento de la Educacion Superior - ICFES Instituto Nacional para Ciegos, INCI Instituto Nacional para Sordos, INSOR Instituto Tecnico Central Instituto de Educacion Tecnica Profesional de Roldanillo Instituto Nacional de Formacion Tecnica Profesional de San Andres y Providencia Instituto Nacional de Formacion Tecnica Profesional de San Juan del Cesar Instituto Tolimense de Formacion Tecnica Profesional Instituto Superior de Educacion Rural de Pamplona ISER Instituto Tecnico Nacional de Comercio Simon Rodriguez Instituto Tecnologico de Soledad Atlantico -ITSA Colegio Mayor de Bolivar ENTIDADES VINCULADAS Instituto Colombiano de Credito Educativo y Estudios Tecnicos en el Exterior "Mariano Ospina Perez" Icetex Fondo de Desarrollo de la Educacion Superior -FODESEP ORGANOS DE ASESORIA Y COORDINACION SECTORIAL Consejo Nacional de Educacion Superior -CESU Consejo Nacional de Acreditacion, CNA Comision Nacional Intersectorial de Aseguramiento de la Calidad de la Educacion- Conaces Comision Pedagogica Nacional de Comunidades Negras Comites Regionales de Educacion Superior - CRES CAPITULO II De la estructura y funciones de sus dependencias.

Articulo 5° Estructura

La estructura del Ministerio de Educacion Nacional sera la siguiente: 5.1 Despacho del Ministro 5.1.1 Oficina Asesora Juridica 5.1.2 Oficina Asesora de Comunicaciones 5.1.3 Oficina Asesora de Planeacion y Finanzas 5.1.4 Oficina de Innovacion Educativa con Uso de Nuevas Tecnologias 5.1.5 Oficina de Cooperacion y Asuntos Internacionales 5.1.6 Oficina de Control Interno 5.1.7 Oficina de Tecnologia 5.2. Despacho del Viceministro de Educacion Preescolar, Basica y Media 5.2.1 Direccion de Calidad para la Educacion Preescolar, Basica y Media 5.2.1.1 Subdireccion de Estandares y Evaluacion 5.2.1.2 Subdireccion de Mejoramiento 5.2.1.3 Subdireccion de Articulacion Educativa e Intersectorial 5.2.2 Direccion de Descentralizacion 5.2.2.1 Subdireccion de Seguimiento al Uso de Recursos 5.2.2.2 Subdireccion de Fortalecimiento de las Secretarias de Educacion 5.2.2.3 Subdireccion de Recursos Humanos del Sector Educativo 5.2.3 Direccion de Cobertura y Equidad 5.2.3.1 Subdireccion de Acceso 5.2.3.2 Subdireccion de Permanencia 5.3 Despacho del Viceministro de Educacion Superior 5.3.1 Direccion de Calidad para la Educacion Superior 5.3.1.1 Subdireccion de Aseguramiento de la Calidad 5.3.1.2 Subdireccion de Inspeccion y Vigilancia 5.3.2 Direccion de Fomento de la Educacion Superior 5.3.2.1 Subdireccion de Apoyo a la Gestion de Instituciones de Educacion Superior 5.3.2.2 Subdireccion de Desarrollo Sectorial de la Educacion Superior 5.4 Secretaria General...

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