Resolución número 002665 de 2013, por medio de la cual se modifica el primer ciclo de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina del año 2013 para 35 municipios del departamento de Cundinamarca y se suspende temporalmente el primer ciclo de vacunación en el municipio de Tibú, Norte de Santander - 20 de Junio de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 442553370

Resolución número 002665 de 2013, por medio de la cual se modifica el primer ciclo de vacunación contra fiebre aftosa y brucelosis bovina del año 2013 para 35 municipios del departamento de Cundinamarca y se suspende temporalmente el primer ciclo de vacunación en el municipio de Tibú, Norte de Santander

EmisorEstablecimientos Públicos - Instituto Colombiano Agropecuario
Número de Boletín48827

La Gerente General del Instituto Colombiano Agropecuario (ICA), en ejercicio de sus atribuciones legales y en especial de las conferidas por el artículo 6º de la Ley 395 de 1997, el literal a) del artículo 4º del Decreto número 1840 de 1994 y el artículo 4º del Decreto número 3761 de 2009, y

CONSIDERANDO:

Que el Instituto Colombiano Agropecuario (ICA) es responsable de velar por la sanidad agropecuaria del país a fin de prevenir la introducción y propagación de plagas o enfermedades que puedan afectar la ganadería nacional;

Que corresponde al ICA expedir las normas para la prevención, control y erradicación de enfermedades como la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina;

Que la Ley 395 de 1997 declaró de interés social nacional y como prioridad sanitaria la erradicación de la Fiebre Aftosa en el territorio Colombiano y asignó al ICA entre otras funciones la de establecer las fechas de los ciclos de vacunación;

Que así mismo la mencionada ley dispuso que las organizaciones de ganaderos autorizadas por el ICA y otras organizaciones del sector, serán los ejecutores de la campaña de vacunación, y que el registro de la misma estará sujeto a la aplicación o a la supervisión del biológico por parte de las organizaciones ganaderas, cooperativas y otras organizaciones autorizadas por el ICA;

Que el ICA mediante la Resolución número 2009 de 2013, estableció como primer ciclo de vacunación contra la Fiebre Aftosa y la Brucelosis Bovina, el período comprendido entre el 6 de mayo y el 19 de junio de 2013;

Que Fedegán a través de la Coordinadora de la Unidad Regional de Desarrollo Ganadero en Cundinamarca mediante comunicación fechada el día 4 de junio de 2013, dirigida al Gerente Seccional del ICA Cundinamarca, solicitó prolongar el primer ciclo de vacunación hasta el día 22 de junio, para los municipios de las provincias de Sabana Centro, Guavio, Sumapaz, Tequendama y Bogotá, D. C., teniendo en cuenta las condiciones climáticas que han retrasado las actividades de vacunación en las mencionadas provincias;

Que mediante oficio, de fecha 12 de junio SSBA 0045-13, dirigido a la Subgerente de Protección Animal del ICA, la Subgerencia de Salud y Bienestar Animal de...

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