Resolución número 000560 de 2007, por la cual se amplía el plazo fijado para la elección de los primeros delegados de los servidores públicos interesados en integrar los Comités de Convivencia y Conciliación, para la resolución de conflictos relacionado con acoso laboral en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses. - 21 de Agosto de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 51309708

Resolución número 000560 de 2007, por la cual se amplía el plazo fijado para la elección de los primeros delegados de los servidores públicos interesados en integrar los Comités de Convivencia y Conciliación, para la resolución de conflictos relacionado con acoso laboral en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses.

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín46727

El Director general, en uso de sus facultades legales, en especial las conferidas en el numeral 11 del articulo 40 de la Ley 938 de 2004 y por el articulo 9° de la Ley 1010 de 2006, y CONSIDERANDO:

Que mediante Resolucion numero 000440 del 25 de junio de 2007, cuya publicacion en Diario Oficial corresponde a la Edicion numero 46.688 del viernes 13 de julio de 2007, se adoptaron las medidas preventivas, correctivas y sancionatorias en situaciones de acoso laboral, se establecio el procedimiento conciliatorio interno y se crearon los Comites Mediadores en el Instituto Nacional de Medicina Legal y Ciencias Forenses;

Que en tal virtud los Comites de Convivencia y Conciliacion que actuaran de manera confidencial y efectiva como mediadores en la resolucion de conflictos relacionados con acoso laboral, estaran integrados, entre otros servidores publicos de la entidad, por: dos (2) representantes de los trabajadores con sus respectivos suplentes en el Nivel Central, y en el Nivel Regional, Seccional Unidades Basicas, por un (1) representante de los funcionarios con su respectivo suplente, quienes seran elegidos para un periodo de dos (2) años;

Que segun el paragrafo 2° del articulo 6° de la citada resolucion, la designacion de los primeros delegados debe cumplirse dentro del mes siguiente a la publicacion de la resolucion de creacion de los Comites, cuya eleccion sera coordinada por la Oficina de Personal, en el Nivel Central;

y en las demas sedes, por los respectivos Directores Regionales o Seccionales;

Que con el fin de realizar la publicidad necesaria para lograr una amplia participacion de los funcionarios en dicho proceso democratico, se hace indispensable prorrogar el termino inicialmente...

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