Resolución número 000248 de 2014, por la cual se fija el mecanismo de cálculo que define el monto de giro y distribución de los recursos de la cuenta de alto costo para las Empresas Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y del Régimen Subsidiado, y entidades obligadas a Compensar, en el caso de la terapia de reemplazo renal por enfermedad renal crónica, ERC - 27 de Marzo de 2014 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 501544174

Resolución número 000248 de 2014, por la cual se fija el mecanismo de cálculo que define el monto de giro y distribución de los recursos de la cuenta de alto costo para las Empresas Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y del Régimen Subsidiado, y entidades obligadas a Compensar, en el caso de la terapia de reemplazo renal por enfermedad renal crónica, ERC

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín49105

El Ministro de Hacienda y Crédito Público y el Ministro de Salud y Protección Social, en ejercicio de sus atribuciones legales y reglamentarias, en especial, de las conferidas en el literal b) del artículo 25 de la Ley 1122 de 2007 y el artículo 4º del Decreto 2699 de 2007, y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto 2699 de 2007 se estableció la cuenta de alto costo como un instrumento de administración financiera de los recursos destinados al cubrimiento de la atención de las enfermedades ruinosas y catastróficas -alto costo- y de los correspondientes a las actividades de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública directamente relacionadas con el alto costo, buscando promover entre otros, la gestión del riesgo y, a través de ella, la generación de resultados en salud para disminuir la tendencia futura de los eventos de alto costo.

Que el artículo 4º del citado decreto, modificado por el artículo 1º del Decreto 3511 de 2009, establece que el monto de recursos que corresponda girar a cada Entidad Promotora de Salud y demás entidades obligadas a compensar y el monto mensual que le corresponderá en la distribución, será el que resulte de aplicar el mecanismo que se establezca mediante resolución conjunta del Ministerio de la Protección Social y del Ministerio de Hacienda y Crédito Público, para cada tipo de enfermedad de alto costo y de actividades de protección específica, detección temprana y atención de enfermedades de interés en salud pública directamente relacionadas con las enfermedades de alto costo que se seleccionen.

Que el mencionado artículo 4º también dispone que la periodicidad, la forma y el contenido de la información que deben reportar cada una de las entidades obligadas a girar recursos a la Cuenta de Alto Costo, EPS-C, EPS-S y EOC, será definida por el Ministerio de la Protección Social, hoy Ministerio de Salud y Protección Social.

Que en desarrollo de estas normas, los Ministerios de la Protección Social y de Hacienda y Crédito Público expidieron la Resolución 3413 de 2009, modificada por la

Resolución 4917 de 2009 "por la cual se fijan los mecanismos de cálculo para definir los montos de aporte por parte de las Empresas Promotoras de Salud del Régimen Contributivo y del Régimen Subsidiado, y Entidades Obligadas a Compensar, y de distribución de recursos de la cuenta de alto costo, en el caso de la terapia de reemplazo renal por Enfermedad Renal Crónica, ERC", así como la Resolución 4700 de 2008, modificada por la Resolución 4700 de 2010 "por la cual se definen la periodicidad, la forma y el contenido de la información que deben reportar las Entidades Promotoras de Salud y las demás Entidades Obligadas a Compensar para la operación de la Cuenta de Alto Costo".

Que en virtud de la información recibida bajo la estructura definida por la Resolución 4700 de 2008, modificada por la Resolución 4700 de 2010, se evidencian diferencias en la concentración de riesgo de las distintas Empresas Promotoras de Salud y las Entidades Obligadas a Compensar, que sugieren que la desviación de siniestralidad de la Enfermedad Renal Crónica con terapia de reemplazo renal no presenta una distribución normal.

Que en virtud de lo anterior, se considera necesario incluir mecanismos de gestión de riesgo para disminuir la incidencia de la Enfermedad Renal Crónica y ajustar los mecanismos de cálculo que definen los montos de giro y distribución de recursos de la cuenta de alto costo, derogando las Resoluciones 3413 y 4917 de 2009.

En mérito de lo expuesto,

RESUELVE:

Artículo 1º Objeto.

Mediante la presente resolución se establece el mecanismo de cálculo que deberán aplicar las Entidades Promotoras de Salud del Régimen Contributivo (EPS-C) y del Régimen Subsidiado (EPS-S), así como las Entidades Obligadas a Compensar (EOC), para definir los montos mensuales de giro y distribución de los recursos que la cuenta de alto costo, o quien haga sus veces, administrará financieramente de conformidad con lo establecido en el Decreto 2699 de...

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