Resolución número 3959 de 2013, por la cual se adiciona el régimen transitorio previsto en el artículo 9º de la Resolución número 2250 de 2013 - 18 de Septiembre de 2013 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 462184778

Resolución número 3959 de 2013, por la cual se adiciona el régimen transitorio previsto en el artículo 9º de la Resolución número 2250 de 2013

EmisorMinisterio de Comercio, Industria y Turismo
Número de Boletín48917

El Ministro de Comercio, Industria y Turismo, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en particular de las previstas en el artículo 78 de la Constitución Política de Colombia, en las Decisiones números 376, 419, 506 y 562 de la Comunidad Andina de Naciones, en el artículo 3º de la Ley 155 de 1959, en el numeral 4 del artículo 2º y numeral 7 del artículo 28 del Decreto número 210 de 2003, en el artículo 8º del Decreto número 2269 de 1993, modificado por el artículo 1º del Decreto número 3144 de 2008, y

CONSIDERANDO:

Que el Decreto número 601 de 2013 derogó el Decreto número 1299 de 2006 y dispuso en el artículo 3 que "(...) Las personas naturales o jurídicas que a la fecha de entrada en vigencia del presente Decreto, tengan radicadas solicitudes de autorización y renovación para importar materias textiles y sus manufacturas y calzado y sus partes clasificables por los capítulos del 50 al 64 y bebidas alcohólicas, clasificables por las partidas arancelarias 2208 del Arancel de Aduanas, no requerirán de dicha autorización y por lo tanto, las solicitudes serán objeto de archivo. (...)".

Que el numeral 9 del artículo 15 del Decreto número 4886 de 2011 dispuso que a la Dirección de Investigaciones para el Control y Verificación de Reglamentos Técnicos y Metrología Legal de la Superintendencia de Industria y Comercio le corresponde llevar el registro de fabricantes e importadores de productos y proveedores de servicios sujetos al cumplimiento de reglamentos técnicos, de acuerdo con lo dispuesto por el artículo 11 del Decreto número 2269 de 1993. Así mismo, el artículo 17 de la Ley 1480 de 2011 determinó que las entidades encargadas del control del reglamento técnico deberán organizar y mantener el registro de la información a la que se refiere dicho artículo.

Que con el propósito de dar cumplimiento a lo dispuesto por el Decreto número 601 de 2013, el Ministerio de Comercio, Industria y Turismo, a través de la Resolución número 2250 de 2013 modificó las Resoluciones números 933 de 2008 y 1950 de 2009, en el sentido que estableció a los productores nacionales y a los importadores la obligación de incluir en el etiquetado de los productos sujetos a dichos reglamentos técnicos, el número de registro ante la Superintendencia de Industria y Comercio, toda vez que el código del importador autorizado por...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR