Resolución número 01589 de 2006, por la cual se declara el incumplimiento, el siniestro y se hace efectiva la póliza de cumplimiento del Contrato de Obra Pública número 141 de 2002 - 30 de Julio de 2007 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 50463945

Resolución número 01589 de 2006, por la cual se declara el incumplimiento, el siniestro y se hace efectiva la póliza de cumplimiento del Contrato de Obra Pública número 141 de 2002

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín46705

El suscrito Subdirector Administrativo e Industrial del Fondo Rotatorio de la Policia, en atencion a lo ordenado en el articulo 45 del C. C. A. hace saber que el Fondo Rotatorio de la Policia ha proferido la Resolucion numero 01589 del 27 de noviembre de 2006, "por la cual se declara el incumplimiento, el siniestro y se hace efectiva la poliza de cumplimiento del Contrato de Obra Publica numero 141 de 2002", RESUELVE:

Articulo 1°

Declarar el incumplimiento por parte de la contratista Arquitecta Carmen Elisa Martinez Vanegas, identificada con la cedula de ciudadania numero 35465231 de Bogota, del Contrato de Obra Publica numero 141 del 2002, toda vez que con la ejecucion del mismo se presentaron varios inconvenientes y fallas en la obra, tal como se describio anteriormente, razon por la cual ha ocasionado inconvenientes graves tanto en la obra como en la buena prestacion del servicio de los policiales en la Estacion de Aguazul Casanare, de conformidad con lo expuesto en la parte motiva de la presente resolucion.

11 Articulo 2°. Declarar ocurrido el siniestro toda vez que se han presentado graves problemas que afectan directamente la estructura con un creciente deterioro en todos los aspectos y aun mas el desarrollo normal de las actividades de los policiales.

Articulo 3°

Hacer efectiva a favor del Fondo Rotatorio de la Policia y en contra de la Arquitecta Carmen Elisa Martinez Vanegas, por la suma de catorce millones seiscientos noventa y tres mil cuatrocientos treinta y cinco pesos con sesenta y ocho centavos ($14.693.435.68), correspondiente al costo del deterioro y daños que presenta la obra de la Estacion de Policia de Aguazul Casanare, deducible del amparo de estabilidad de la obra, amparado en la Poliza de Cumplimiento numero 204594 de la compañia Liberty Seguros S.A, de conformidad con lo establecido en el Contrato de Obra Publica numero 141 del 2002, en los articulos 25 numeral 19 y 26 numerales 1 y 8 de la Ley 80 de 1993.

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