Decreto número 850 de 2009, por el cual se establecen los porcentajes de componente inflacionario no constitutivode renta, ganancia ocasional, costo o gasto y el rendimiento mínimo anual depréstamos entre las sociedades y los socios. - 13 de Marzo de 2009 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 53658246

Decreto número 850 de 2009, por el cual se establecen los porcentajes de componente inflacionario no constitutivode renta, ganancia ocasional, costo o gasto y el rendimiento mínimo anual depréstamos entre las sociedades y los socios.

EmisorMinisterio de Hacienda y Crédito Público
Número de Boletín47290

El Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 20 del articulo 189 de la Constitucion Politica y los articulos 35, 38, 39, 40-1, 41, 81, 81-1 y 118 del Estatuto Tributario, DECRETA:

Disposiciones aplicables para el año gravable 2008

Articulo 1º Componente inflacionario de los rendimientos financieros percibidos durante el año gravable 2008, por personas naturales y sucesiones iliquidas, no obligadas a llevar libros de contabilidad

No constituye renta ni ganancia ocasional por el año gravable 2008, treinta y nueve por ciento (76.39%) del valor de los rendimientos financieros percibidos por personas naturales y sucesiones iliquidas, no obligadas a llevar libros de contabilidad, de conformidad con lo previsto en los articulos 38, 40-1 y 41 del Estatuto Tributario.

Articulo 2º Componente inflacionario de los rendimientos financieros que distribuyan los fondos de inversion, mutuos de inversion y de valores

Para el año gravable 2008, las utilidades que los fondos mutuos de inversion, fondos de inversion y fondos de valores distribuyan o abonen en cuenta a sus afiliados, personas naturales y sucesiones iliquidas, contabilidad, no constituye renta ni ganancia ocasional el setenta y nueve por ciento (76.39%), del valor de los rendimientos financieros recibidos por el fondo, correspondiente al componente inflacionario, de acuerdo con lo dispuesto en los articulos 39, 40-1 y 41 del Estatuto Tributario.

Articulo 3º Componente inflacionario de los costos y gastos financieros de las personas naturales y sucesiones iliquidas, no obligadas a llevar libros de contabilidad, contribuyentes del Impuesto sobre la renta y...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR