Acuerdo número 016 de 2012, Sobre presupuesto de ingresos y egresos para la vigencia fiscal 2013 - 27 de Diciembre de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 414412674

Acuerdo número 016 de 2012, Sobre presupuesto de ingresos y egresos para la vigencia fiscal 2013

EmisorEntes Universitarios Autónomos - Universidad Popular del Cesar
Número de Boletín48656

El Consejo Superior de la Universidad Popular del Cesar, en ejercicio de la autonomía universitaria reconocida en la Constitución Política y ratificada según Sentencia C-220 de 1997 de la Corte Constitucional y en uso de sus atribuciones legales, en especial las señaladas en el artículo 65 de la Ley 30 de 1992, en el literal f) del artículo 20 y el literal i) del artículo 28 del Estatuto General de la Universidad, y en el artículo 15 del Acuerdo número 021 de 2002, y

CONSIDERANDO:

  1. Que el presupuesto presentado al Congreso de la República por el Ministerio de Hacienda y Crédito Público en el año 2012 para la vigencia fiscal de 2013, por la cual se decreta el Presupuesto de Rentas y Recursos de Capital y Ley de Apropiaciones para la vigencia fiscal del 1º de enero al 31 de diciembre del 2013, y que según las proyecciones del mismo Ministerio de Hacienda y Crédito Público se le habrían asignado a la Universidad

    Popular del Cesar unas partidas provenientes de Aporte Nacional por una suma global de veintitrés mil cuatrocientos noventa y nueve millones quinientos cuatro mil novecientos cuarenta y cinco pesos ($23.499.504.945) moneda corriente, discriminados por el objeto del gasto de la siguiente manera:

    Identificación presupuestal
    Cta Prog Supc Subp Objg Proy Ord Spry Rec Concepto Apropiación
    FUNCIONAMIENTO 22.706.494.701
    3 6 3 55 10 Aportes Ordinarios 22.706.494.701
    3 6 3 55 10 Ajuste IPC vigencias anteriores 0
    INVERSIÓN 793.010.244
    640 705 10 10 Aportes ordinarios 793.010.244
    TOTAL RECURSOS PRESUPUESTO NACIONAL 23.499.504.945
  2. Que el cálculo de los ingresos propios de La Universidad Popular del Cesar, se fijó en la suma de veinticinco mil trescientos setenta y un millones cincuenta mil novecientos veinte y siete pesos ($25.371.050.927) moneda corriente;

  3. Que el cálculo de los ingresos propios por concepto de Estampilla Pro Universidad Popular del Cesar, se fijó en la suma de un mil ochocientos millones de pesos ($1.800.000.000.00) moneda corriente;

  4. Que la Universidad Estatal, como es el caso de la Universidad Popular del Cesar, independientemente de la naturaleza de sus recursos propios o provenientes del Estado o de los entes territoriales, debe aplicar estos mediante el uso de reglas claras y conducentes a la optimización de los resultados. En este sentido, la Sentencia (C-220 de 1997) de la Corte Constitucional determinó que en lo presupuestal, las Universidades Estatales deberán acoger los principios establecidos en la Ley 30 de 1992 y las normas del Estatuto Orgánico del Presupuesto General de la Nación que no contravengan los principios de autonomía universitaria;

  5. Que como consecuencia de la precitada sentencia de la Corte Constitucional, la Universidad en su condición de ente autónomo y al dejar de ser una sección presupuestal de la Ley Anual del Presupuesto General de la Nación, en aplicación del principio constitucional de la Unidad Presupuestal, según el cual los ingresos y los egresos deben estar agrupados en un mismo documento, se debe expedir el Presupuesto de...

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