Instrucción Administrativa 03 - 4 de Abril de 2005 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43220648

Instrucción Administrativa 03

EmisorSuperintendencias - Superintendencia de Notariado y Registro
Número de Boletín45869

Para: Señores Notarios del Círculo de Bogotá, D. C.

De: Superintendente de Notariado y Registro

Asunto: Constancia del Notario sobre discordancias entre la escritura de constitución o adición al régimen de propiedad horizontal y los documentos señalados en el artículo 6º de la ley 675 de 2001.

Fecha: Marzo 16 de 2005.

Apreciado Notario:

La Alcaldía de Bogotá, Subdirección de Administración Inmobiliaria y del Estado Público, realizó un estudio de una situación que se viene presentando con los reglamentos de propiedad horizontal, en los cuales se están incorporando como zonas comunales, bienes de uso público, propiedad del Distrito Capital.

Con fundamento en él me permito hacerle la siguiente reflexión.

El parágrafo del artículo 6º de la Ley 675 de 2001, establece como obligación a cargo del Notario que va a autorizar la constitución de un régimen de propiedad horizontal la de dejar una constancia en el caso de que se presenten discordancias entre la escritura de constitución o adición al régimen de propiedad horizontal y los documentos que el mismo artículo señala.

Como se puede apreciar de la lectura de dicha norma, uno de los documentos que se deben aportar, es el plano aprobado por la autoridad competente que muestre la localización, linderos, nomenclatura y área de cada una de las unidades independientes que serán objeto de propiedad exclusiva o particular y el señalamiento de...

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