Ley 1886 de 2018, por medio de la cual se regula el cobro del gasto prejurídico y jurídico en los créditos educativos del Icetex - 19 de Abril de 2018 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 714473465

Ley 1886 de 2018, por medio de la cual se regula el cobro del gasto prejurídico y jurídico en los créditos educativos del Icetex

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín50569

El Congreso de Colombia DECRETA:

Artículo 1º Adiciónense dos parágrafos nuevos al artículo 2º de la Ley 1002 de 2005, los cuales dirán así:

Parágrafo 5º. El Icetex, para todos los efectos, asumirá los gastos en los que incurra por concepto de la cobranza prejurídica y jurídica de cartera de créditos educativos hasta el momento en que se notifique el auto admisorio de la demanda.

Parágrafo 6º. En acato a laprevalencia de la condición de beneficiario, se preferirá que el Icetex de forma autónoma, directa y sin intermediación, celebre acuerdos de pago que permitan la extinción de la obligación, la normalización o la refinanciación o, la puesta en marcha de planes o brigadas de normalización de cartera u otros, sin que la causación de honorarios sobre recaudos esté a cargo del deudor. Lo anterior, sin importar la etapa procesal en la que se encuentre.

Artículo 2º Vigencias y derogatorias.

La presente ley entra en vigencia desde el mismo momento de su publicación en el Diario Oficial y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Efraín Cepeda Sarabia.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Gregorio Eljach Pacheco.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

Rodrigo Lara Restrepo.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Jorge Humberto Mantilla...

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