Ley 827, por medio de la cual se autoriza al Fondo Rotatorio del Ministerio dde Relaciones Exteriores para aumir la contribución anual del Consejo Colombiano de Cooperación en el Pacífico (Colpecc) al Consejo de Cooperación Económica en el Pacífic. - 14 de Julio de 2003 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 43194698

Ley 827, por medio de la cual se autoriza al Fondo Rotatorio del Ministerio dde Relaciones Exteriores para aumir la contribución anual del Consejo Colombiano de Cooperación en el Pacífico (Colpecc) al Consejo de Cooperación Económica en el Pacífic.

EmisorRama Legislativa
Número de Boletín45248

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que cancele la contribución anual del Consejo Colombiano de Cooperación en el Pacífico (Colpecc) al Consejo de Cooperación Económica del Pacífico, (PECC).
Artículo 2° Esta ley rige a partir de la fecha de su publicación.

El Presidente del honorable Senado de la República,

Luis Alfredo Ramos Botero.

El Secretario General del honorable Senado de la República,

Emilio Ramón Otero Dajud.

El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,

William Vélez Mesa.

El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,

Angelino Lizcano Rivera.

REPUBLICA DE COLOMBIA -GOBIERNO NACIONAL

Publíquese y cúmplase.

Dada en Bogotá, D. C., a 10 de julio de 2003.

ÁLVARO URIBE VÉLEZ

La Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del Despacho de la Ministra de Relaciones Exteriores,

Clemencia Forero Ucrós.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Alberto Carrasquilla Barrera.

PROYECTO DE LEY NUMERO 197 DE 2001 SENADO

por medio de la cual se autoríza al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores para asumir la contribución anual del Consejo Colombiano de Cooperación en el Pacífico, Colpecc, al Consejo de Cooperación Económica del Pacífico, PECC.

El Congreso de Colombia

DECRETA:

Artículo 1° Autorízase al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que cancele la contribución anual del Consejo Colombiano de Cooperación en el Pacífico (Colpecc) al Consejo de Cooperación Económica del Pacífico (PECC).
Artículo 2° La presente ley rige a partir de la fecha de su publicación.

Dada en Bogotá, D. C., a los...

Presentado al honorable Congreso de la República por los suscritos Ministro de Relaciones Exteriores y Ministro de Hacienda y Crédito Pú blico.

El Ministro de Relaciones Exteriores,

Guillermo Fernández de Soto.

El Ministro de Hacienda y Crédito Público,

Juan Manuel Santos Calderón.

EXPOSICION DE MOTIVOS

Honorables Senadores y Representantes:

En nombre del Gobierno Nacional y en cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 150 y 226 de la Constitución Política de la República de Colombia, tenemos el honor de someter a su consideración el Proyecto de Ley por medio de la cual se autoriza al Fondo Rotatorio del Ministerio de Relaciones Exteriores a asumir la contribución del Consejo Colombiano de Cooperación en el Pacífico, Colpecc, en el Consejo de Cooperación Económica del Pacífico, PECC.

El Gobierno colombiano tiene interés de promover la inserción real del país en la dinámica económica de la Cuenca del Pacífico, enfatizando el incremento sostenido de las relaciones económicas con los países de Asia Oriental y en cooperación con los organismos internacionales que actúan en la región, bajo el reconocimiento de que el continente de mayor extensión y población ha tenido un despegue económico considerable y cuenta con países como Japón y China dentro de las economías más poderosas del mundo. A nadie escapa la destacada posición geoeconómica que ocupa la Cuenca del Pacífico en el actual sistema internacional.

COLOMBIA EN LA CUENCA DEL PACIFICO

A través de una mayor inserción de Colombia en la Cuenca del Pacífico se genera más diversificación de mercados y productos, se facilita el acceso a nuevas tecnologías impulsando el desarrollo del Litoral Pacífico colombiano, en armonía con el mandato expresado en el artículo 226 de nuestra Constitución Política: "El Estado promoverá la internacionalización de las relaciones políticas, económicas, sociales y ecológicas sobre bases de equidad, reciprocidad y conveniencia nacional".

La región del Asia Pacífico se convirtió en un período corto en polo de desarrollo y crecimiento económico, en epicentro de comercio e inversión a nivel internacional, en vanguardia tecnológica y en...

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