Resolución número 078 de 2014, por la cual se ordena hacer públicos los propósitos y lineamientos para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica para el periodo tarifario 2015-2019
Emisor | Unidades Administrativas Especiales - Comisión De Regulación De Energía Y Gas |
Número de Boletín | 49181 |
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en ejercicio de sus facultades legales, en especial de las conferidas por la Leyes 142 y 143 de 1994, y en desarrollo de los Decretos números 1524 y 2253 de 1994, y
CONSIDERANDO QUE:
El artículo 6º de la Resolución número 9 0604 de 2014 expedida por el Ministerio de Minas y Energía, mediante la cual se adoptan medidas excepcionales para el STN y el STR tendientes a garantizar la continuidad del servicio en situaciones especiales, publicada en el Diario Oficial número 49.174 del 6 de junio de 2014, establece:
Dentro de los cinco días hábiles siguientes, contados a partir de lafecha de publicación de la presente resolución, la CREG expedirá para consulta la resolución que contenga el documento con propósitos y los lineamientos para la remuneración de las actividades de transmisión y distribución de energía eléctrica en el SIN.
Estos documentos deberán contener los lineamientos que aseguren la oportuna expansión, adecuación y reposición de los activos utilizados en la prestación del servicio y su debida administración, operación y mantenimiento, con elfin de propender por el continuo mejoramiento de la calidad del servicio.
La Comisión de Regulación de Energía y Gas, en su Sesión número 609 del 12 de junio de 2014, aprobó hacer públicos para consulta los propósitos y lineamientos para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica para el periodo tarifario 2015-2019,
RESUELVE:
Háganse públicos los propósitos y lineamientos para la remuneración de la actividad de transmisión de energía eléctrica para el periodo tarifario 2015-2019, contenidos en el Anexo General de esta resolución.
Se invita a los usuarios, a los agentes, a la Superintendencia de Servicios Públicos Domiciliarios y a los demás interesados para que remitan sus observaciones o sugerencias sobre la propuesta, dentro de los treinta (30) días calendario siguientes a la publicación de la presente resolución en la página web de la Comisión de Regulación de Energía y Gas.
Las observaciones y sugerencias sobre el proyecto deberán dirigirse al Director Ejecutivo de la Comisión, a la siguiente dirección: avenida calle 116 Nº 7-15, Edificio Torre Cusezar, Interior 2, oficina 901 o al correo electrónico creg@creg.gov.co
La Comisión publicará para conocimiento y comentarios de los interesados los estudios relacionados con la revisión de las metodologías de remuneración de las actividades de transmisión y distribución y su implementación en diferentes países, y el de revisión de la calidad de la energía alcanzable con la infraestructura actual en Colombia.
La presente resolución no deroga ni modifica disposiciones vigentes por tratarse de un acto de trámite.
Publíquese y cúmplase.
Dada en Bogotá, D. C., a 12 de junio de 2014.
El Presidente,
Amílcar David Acosta Medina, Ministro de Minas y Energía.
El Director Ejecutivo
Carlos Fernando Eraso Calero.
ANEXO GENERAL
PROPÓSITOS Y LINEAMIENTOS PARA LA REMUNERACIÓN DE LA ACTIVIDAD DE TRANSMISIÓN DE ENERGÍA ELÉCTRICA PARA EL PERIODO TARIFARIO 2015-2019
De acuerdo con la regulación vigente, la actividad de transmisión consiste en el transporte de energía eléctrica a través del Sistema de Transmisión Nacional (STN), usando equipos y líneas que operan a 220 kV o más.
La actividad se remunera de acuerdo con lo establecido en la Resolución CREG 011 de 2009, donde se definen los...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba