Resolución número 3355 de 2012, por la cual se modifica y adicionan los Lineamientos Técnico Administrativos del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, aprobados mediante Resolución número 1415 del 18 de abril de 2012. - 5 de Agosto de 2012 - Diario Oficial de Colombia - Legislación - VLEX 393937270

Resolución número 3355 de 2012, por la cual se modifica y adicionan los Lineamientos Técnico Administrativos del Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, aprobados mediante Resolución número 1415 del 18 de abril de 2012.

EmisorEstablecimientos Públicos
Número de Boletín48513
16
D I A R I O O F I C I A L
Edición 48.513
Domingo, 5 de agosto de 2012
6. Lograr una
organización
apreciada por
los colombianos
que aprende
orientada a
resultados
Cultura organizacional orientada a
Resultados Índice de cultura organizacional implementado
   
Talento Humano desarroll ado a través
de un modelo de administración por
competencias
Modelo de Gestión Humana por com petencias implementado
   
Operación Territorial Eficiente y
Atención al cliente con calidad y calidez
Quejas y reclamos solucionados en los términ os de ley
    
Nivel de Satisfacción de atención al cliente
   
Numero de regionales operando efectivamente el sistema tecnológico para
otorgar citas de maner a automatizadas SEAC
   
Implementación del proceso de adecuación de la operación territorial
   
Estrategia efectiva de comunicaciones
Número de campañas y programas de movi lización desarrollados por ejes para
promoción y prevención de derechos de los niños,niñas, adolescentes y familias
Porcentaje de canales de comunicación, administrados por el macroproceso,
evaluados y mejorados
   
Incremento anual de noticias con valoración positiva en monitoreo de prensa
   
Sistema de Gestión del Conocimie nto y
la innovación
Evaluaciones realizadas a los programas del ICBF ( según agenda establecida
anualmente.)
    
Número de Instituciones de Servicio que trabajan con el ICBF, Certificadas en
Calidad
  
Sistemas de gestión certificados en todo s los procesos con seguimiento y
renovación.
Macro procesos con registro en la bitácora de innovaciones implementadas
   
Sistema de información que genere
información oportuno, veraz e integral Desarrollo del Sistema de Informac ión de Primera Infancia.
    
RESOLUCIÓN NÚMERO 3355 DE 2012
(julio 6)
          
Programa de Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y

El Director General del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia de la
Fuente de Lleras, en uso de las facultades legales y estatutarias, en especial las confe-
CONSIDERANDO:
Que de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Decreto 2388 de 1979,
reglamentario de la Ley 7a de 1979, la actividades que realicen las entidades del
      
Bienestar Familiar deberán cumplirse con estricta sujeción a las normas del servicio y
a los reglamentos dictados por el Instituto Colombiano de Bienestar Familiar Cecilia
de la Fuente de Lleras, ICBF.
Que el artículo 44 de la Constitución Política establece los derechos de los niños,
niñas y adolescentes y dispone que sean de carácter fundamental, especial y prevalente.
Que el parágrafo del artículo 11 de la Ley 1098 de 2006, “Por la cual se expide
el Código de la Infancia y la Adolescencia”, establece que el ICBF, como ente coor-
dinador del Sistema Nacional de Bienestar Familiar, mantendrá todas las funciones
  7 de 1979)  


entes nacionales, departamentales, distritales y municipales en la ejecución de sus
     
legales propias de cada una de ellas.
Que por disposición del artículo 31 de Decreto número 0987 de 2012, la Dirección
de Niñez y Adolescencia tiene como funciones, entre otras: “6. -
       
 (...) 11.  
y esquemas de operación de los servicios que garanticen los principios del buen Go-
 

Que la Resolución número 1415 del 18 de abril de 2012, expedida por la Dirección
General del ICBF, aprobó los Lineamientos Técnico Administrativos del Programa de
Promoción y Prevención para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes y,
en aras de garantizar la apropiación de los contenidos de formación y orientación de los
módulos de prevención para la protección especial, existencia, desarrollo, ciudadanía,
familia y comunidad: entorno protector, el programa deberá ser ejecutado con una
duración mínima de 70 horas y en la medida en que la programación para la vigencia
el ICBF así lo determine, serán incrementadas en su orden hasta 30 horas de sesiones
lúdicas, deportivas, artísticas, recreativas o vocacionales según el interés de los Niños,
Niñas y Adolescentes y hasta 20 horas de profundización según lo estipulado en el
numeral 11.2 Componente 1 Formación y orientación.
Que la 
por parte de los niños, niñas y adolescentes de sus capacidades y potencialidades para
la construcción de una visión de futuro positiva y responsable, asumiendo comporta-

-
todología y adicionar el numeral 11.2 Componente 1, Formación y Orientación de los
Lineamientos en mención.
Que en mérito de lo expuesto,
RESUELVE:
Artículo 1°.   De los Linea-
mientos Técnico Administrativos del Programa de Promoción y Prevención para la
Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes, aprobado mediante Resolución
número 1415 de 2012, el cual quedará así:
El trabajo en las zonas priorizadas con los Niños, Niñas y Adolescentes, las familias
y la comunidad en general se desarrollará a través de la realización de por lo mínimo
dos (2) jornadas semanales, de por lo menos dos (2) horas cada una, denominadas
encuentros vivenciales, las cuales serán distribuidas de la siguiente manera:
 -
dulos de: (1) prevención para la protección especial, (2) existencia, (3) desarrollo, (4)
ciudadanía y (5) familia y comunidad ambiente protector, basados en la experiencia o
la pedagogía vivencial;
   
al programa.
 
serán incrementadas en su orden hasta 30 horas de sesiones lúdicas, deportivas, artís-
ticas, recreativas o vocacionales según el interés de los Niños, Niñas y Adolescentes y
hasta 20 horas de profundización según lo estipulado en el numeral 11.2 Componente
1 Formación y orientación.
Artículo 2°. Adicionar al numeral 11.2 Componente 1, Formación y Orien-
tación,          
los niños, niñas y adolescentes participantes en el programa deberán materializar la
(C. F.).

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